LA HAYA, Países Bajos.- La máxima corte de las Naciones Unidas (ONU) dictaminó que el derecho de huelga está protegido por un tratado clave de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), decisión de profundas implicaciones para las relaciones laborales a nivel mundial.
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) había sido solicitada para emitir una opinión consultiva sobre si un tratado de la OIT de 1948, el Convenio 87, consagra implícitamente el derecho de los trabajadores a la huelga.
El presidente de la CIJ, Yuji Iwasawa, declaró que la corte “considera que el derecho de huelga de los trabajadores y sus organizaciones está protegido” por dicho convenio. No obstante, los jueces señalaron que su opinión, no vinculante, no debe interpretarse como el establecimiento de otras reglas sobre las acciones de huelga.
El Convenio 87 de la OIT es un acuerdo entre sindicatos y empleadores que incluye el derecho “en plena libertad, a organizar su administración y sus actividades”. Los sindicatos argumentaban que esto consagra por extensión el derecho a la acción sindical, mientras que los empleadores discrepaban, por lo que llevaron la disputa ante la CIJ.
“Este caso trata de algo más que abstracciones jurídicas”, declaró Harold Koh, representante de la Confederación Sindical Internacional, ante los jueces. “Afectará los derechos reales de decenas de millones de trabajadores en todo el mundo”.
Los empleadores
En el lado opuesto, Roberto Suarez Santos, de la Organización Internacional de Empleadores, sostuvo que el convenio de 1948 “ni explícita ni implícitamente contempla el derecho de huelga”. Señaló que las normas relacionadas con las huelgas varían de un país a otro, por ejemplo si los servicios de emergencia quedan excluidos.
Ambas partes coincidieron en la importancia del caso para las relaciones laborales. “Este caso puede no parecer trascendental”, afirmó Koh, de la confederación sindical. “Pero su decisión afectará a los trabajadores del mundo”, subrayó ante los jueces.
Impacto en Argentina
El dictamen podría tener impacto en la Argentina, ya que en la denominada “ley de modernización laboral”, aprobada por el Congreso el 28 de febrero, se limitó el derecho a huelga en decenas de actividades a las que ahora se considera “esenciales”. Con la reforma laboral se amplió la cantidad de actividades consideradas esenciales y trascendentes, que deben garantizar un funcionamiento de entre el 50 y el 75 % en caso de conflicto.
La Justicia declaró inconstitucional el DNU de Milei que restringía el derecho a huelgaEntre las esenciales, figuran el transporte aéreo, la educación, la recolección de residuos y la gastronomía. Cuando Javier Milei intentó avanzar mediante un decreto, su decisión fue objetada en la Justicia y se frenó por un amparo de la Confederación General del Trabajo (CGT), principal central obrera de Argentina.
Para la OIT, servicios esenciales son el sector hospitalario y de salud, los servicios de suministro de agua potable, electricidad y energía y el control del tráfico aéreo.
Fuerte rechazo de sindicalistas tucumanos al decreto que restringe el derecho a huelgaLa consulta ante la CIJ, que tiene sede en La Haya, fue impulsada por el Consejo de Administración de la OIT, cuyo representante argentino es Gerardo Martínez, el jefe de la Unión Obrera de la República Argentina (Uocra).
El pronunciamiento de la CIJ no es jurídicamente vinculante, pero representa un respaldo político y jurídico a la interpretación que los gremios y un sector de la OIT tienen sobre el derecho a huelga. El origen de la controversia se remonta a 2012, cuando el grupo de empleadores dentro de la OIT cuestionó que el convenio 87 incluyera ese derecho.
Según esa posición, los Estados nunca incorporaron de manera explícita ese derecho en el texto del convenio.