La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio un paso clave en la simplificación tributaria al habilitar formalmente la Declaración Jurada Simplificada dentro del portal integrado de Ganancias. Esta modalidad, nacida bajo el amparo de la Ley de Inocencia Fiscal, busca reducir la carga administrativa y otorgar mayores certezas a los contribuyentes cumplidores. A través de la Resolución General 5863/2026, se establece el uso del nuevo Formulario F. 2711. A diferencia del esquema tradicional, este sistema ofrece una declaración precargada con datos del organismo y de terceros, permitiendo al profesional o al contribuyente validar o ajustar la información sin necesidad de una carga manual exhaustiva.
Con el fin de cumplir con las obligaciones de determinación anual e ingreso del impuesto a las Ganancias, ya sea que se trate de responsables del régimen general o adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada, así como la confección de la respectiva declaración jurada, las personas humanas y las sucesiones indivisas deberán realizarse a través del servicio denominado “Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado” disponible en el sitio web de ARCA.
Cambios en el Impuesto a las Ganancias: a quiénes alcanzaUna vez ingresado, los responsables comprendidos en el régimen general seleccionarán la opción “Declaración Jurada” y confeccionarán el formulario de declaración jurada F. 711. De tratarse de los responsables adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada, seleccionarán la opción “Declaración Jurada Simplificada” y confeccionarán el formulario F. 2711.
Situaciones
La presentación de ese formulario correspondiente a los responsables del régimen general, deberá efectuarse cuando, respecto de un período fiscal, exista alguna de las siguientes situaciones:
•El contribuyente se encuentre inscripto, aun en los casos en que no se determine ganancia neta sujeta a impuesto por el respectivo período fiscal.
• O corresponda la liquidación del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun si el contribuyente no hubiera solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la respectiva obligación de determinación e ingreso.
ARCA ajustó el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias para personas físicasPara la presentación de la declaración jurada F. 2711 del Régimen de Declaración Jurada Simplificada, se requerirá la previa adhesión o ratificación anual. En caso de desistimiento o exclusión del citado régimen, deberá cumplirse con la obligación de determinación del impuesto conforme al régimen general del gravamen.
La resolución aclara que para utilizar el F. 2711 es condición necesaria haber ejercido la adhesión o ratificación anual en los términos de la RG (ARCA) 5820. En los casos de desistimiento o exclusión de dicho régimen, el sujeto quedará automáticamente obligado a determinar el impuesto mediante el régimen general (F. 711).