El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó las condiciones y procedimientos para la habilitación de transportes de animales vivos y productos de origen animal, con el objetivo de reforzar la cadena agroproductiva y elevar los estándares técnicos y sanitarios en todo el país.
La medida, oficializada mediante la Resolución Senasa N.° 723/2025, fue publicada este viernes en el Boletín Oficial y establece nuevas disposiciones que incluyen la incorporación de tipos de transporte innovadores, como el “Bitren”, un vehículo articulado diseñado para el traslado de gran cantidad de animales.
Asimismo, se permite la habilitación de unidades cuya infraestructura no esté contemplada en la normativa vigente, siempre que resulten funcionales para cada especie.
Entre los cambios más destacados, la resolución autoriza el uso de malla cuadriculada en los transportes de porcinos, habilitando así vehículos “multiespecie”. Además, se incorporan a la lista de transportes que no requieren habilitación sanitaria aquellos que movilicen abejas, productos y subproductos de la industria apícola, aves ornamentales y de exposiciones, y peces ornamentales.
Habilitaciones más simples y mayores exigencias sanitarias
El nuevo esquema contempla también una habilitación provisoria de 90 días para vehículos que no cumplan inicialmente con todos los requisitos. Durante este período, los responsables del transporte deberán realizar las modificaciones necesarias para obtener la tarjeta de habilitación definitiva.
Otra novedad relevante es la creación del Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos, destinado a fabricantes que busquen homologar sus diseños ante el Senasa según estándares técnicos exigentes, antes de comercializar los modelos. Esta certificación, supervisada y auditada por el organismo, tendrá una validez de cinco años para cada vehículo 0 km destinado al transporte de animales vivos o productos de origen animal.