Un juez de Paz va a juicio oral por supuesta violencia de género

Un juez de Paz va a juicio oral por supuesta violencia de género

Montilla Zavalía (El Chañar) fue acusado de amenazar con un arma de fuego a su ex esposa.

CAPTURA DE INSTAGRAM. Santiago Montilla Zavalía en una fotografía publicada en su perfil de la red social. CAPTURA DE INSTAGRAM. Santiago Montilla Zavalía en una fotografía publicada en su perfil de la red social.

La Justicia consideró que existen pruebas suficientes para juzgar a Santiago Montilla Zavalía, juez de Paz de El Chañar, por la supuesta comisión del delito de amenazas con armas de fuego en perjuicio de su ex esposa, Natalia García Salemi. Mario Velázquez, juez de Instrucción en lo Penal de Monteros, dispuso la elevación a juicio del caso abierto en virtud de una denuncia de García Salemi, quien sostiene que su ex marido la amenazó de muerte con una pistola en la mano delante de los dos hijos de ambos en el estacionamiento del Club de Veraneanes de Tafí del Valle el 18 de enero de 2018. Consultado al respecto ayer, Montilla Zavalía dijo: “gracias a denuncias como estas yo hace ocho años que no veo a mis hijos”. El funcionario añadió que la sentencia estaba recurrida y anticipó que iba a hablar más adelante (ver “El segundo caso...”).

La resolución del 21 de agosto pasado describe al imputado como un funcionario público divorciado de 42 años, con domicilio en la capital y “muy buenas” condiciones de vida. El juez Velázquez relató que, según el requerimiento de elevación a juicio elaborado por la Fiscalía de Jorge Carrasco, estaba acreditado que Montilla Zavalía había abordado a García Salemi, de 44 años en ese momento, en el estacionamiento del club. “Se acercó a ella y comenzó a insultarla para luego amenazarla diciéndole ‘puta, te voy a cagar matando a vos y a todos los canas que me mandes’ mientras exhibía un arma de fuego con la que apuntaba al piso”, precisa el requerimiento, que añade que las víctimas lograron salir del establecimiento.

“Conocedora del carácter violento y agresivo del acusado por haber sido su pareja y por ser este el padre de sus hijos, García Salemi primero acudió a la Policía y, luego, a la Justicia para obtener el resguardo de su integridad tanto física como emocional, y consiguió una medida de protección en un contexto de violencia de género”, agrega la acusación. Montilla Zavalía se había opuesto al juzgamiento requerido por la Fiscalía y solicitado su sobreseimiento. La defensora oficial María Raquel Ferreyra Asís expresó que las pruebas eran “clara e inequívocamente” exiguas para responsabilizar al juez de Paz. Asís argumentó que el lugar de los hechos estaba atestado en ese momento y que, sin embargo, las averiguaciones practicadas por la Policía dieron resultado negativo, lo mismo que el allanamiento en la vivienda de Montilla Zavalía.

Velázquez repasó las pruebas y consideró que correspondía que un juzgado correccional de la capital enjuicie al funcionario público en virtud de que el presunto delito entrañaba una pena no privativa de la libertad menor a tres años. El juez dijo que, antes del episodio en el estacionamiento, el hijo de García Salemi y de Montilla Zavalía se había acercado a la primera llorando y con los pantalones mojados, y le había manifestado que su papá lo había amenazado. Según el expediente, el niño se asustó y se hizo pis encima. Ante esto y siempre según la sentencia, García Salemi pidió a la Policía que retirara al juez de Paz del club y, como eso no sucedió, ella decidió irse y fue seguida por aquel.

Fátima Azucena Maza, niñera de los chicos, ratificó la versión de García Salemi. La testigo declaró que, al llegar al club, pudo observar cómo Montilla Zavalía insultaba y amenazaba de muerte a la víctima. Maza dijo que aquel portaba un elemento oscuro en la mano derecha que podría ser una pistola y que parecía alcoholizado. Dos días después hubo otro encuentro conflictivo: García Salemi relató que sus hijos estaban comprando panchuques cuando su padre los abordó y los amedrentó. A continuación, pidió una medida de restricción de acercamiento, e informó que su ex marido llevaba el arma consigo o en el vehículo en el que transitaba.

Un informe de los Tribunales provinciales revela asimismo que había numerosas denuncias previas. En octubre de 2015, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán descartó una presentación de García Salemi: en esas actuaciones, Montilla Zavalía dijo que era objeto de una campaña difamatoria y que ninguno de los procesos penales por supuestos malos tratos había prosperado.

Al momento de prestar declaración como imputado, Montilla Zavalía catalogó a García Salemi como una “denunciante serial”; desmintió el uso de armas; pidió un careo con la niñera, y puso en duda que ella pudiese ingresar al Club de Veraneantes puesto que la entrada sólo estaba permitida a socios y a empleados. La resolución indica que Lucía Terán, presidenta de la institución, dijo que no había personal a cargo de cuidar la zona de los hechos, e informa que Maza asistió al careo, pero el imputado y su defensora faltaron.

Velázquez consideró lógico que la niñera no pudiese identificar el objeto que Montilla Zavalía tenía en la mano porque era de noche. También añadió que la denuncia en ningún momento menciona que el imputado haya levantado la voz o gritado, y que por ello no le extrañaba que no hubiera otros testigos. “En conclusión, del análisis del expediente se desprende que Montilla Zavalía, que mantuvo una relación sentimental con la víctima de la cual nacieron hijos menores de edad y que finalizó años atrás, la amenazó diciéndole que la iba a cagar matando mientras le exhibía un arma de fuego”, expresó el juez. Velázquez dijo que en este caso estaba en juego la violencia familiar o de género: “frente a hechos de esta naturaleza la Justicia no puede quedarse impasible, sino que debe incorporar la perspectiva de género como pauta hermenéutica constitucional a fin de dotar a la víctima de una protección integral y enriquecida. De no hacerlo, a la violencia familiar se sumaría otro tipo de violencia y no menos grave: la violencia institucional”.

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