La Corte exige a los abogados que escriban más corto

La Corte exige a los abogados que escriban más corto

El Alto Tribunal provincial comunicó que recibirá escritos de hasta 40 páginas.

A partir de febrero, los profesionales que litiguen en la Corte Suprema de Justicia de Tucumán deberán ajustar su expresividad a 40 páginas como máximo para el recurso de casación. El de queja por casación denegada será más corto: 10 páginas. El incumplimiento de estas pautas dará lugar a la desestimación de las impugnaciones, según la Acordada 1.498/17. Esa reglamentación oficializada el 17 de diciembre pasado lleva la firma de los cinco vocales: Daniel Posse (presidente), René Goane, Antonio Gandur, Antonio Estofán y Claudia Sbdar, aunque el segundo y el tercero disintieron en forma parcial. Goane consideró que no correspondía la desestimación automática del escrito transgresor, mientras que Gandur bregó por endurecer la restricción. Para él, bastaba y sobraba con 30 carillas.

La reglamentación que aprobaron los vocales con las observaciones mencionadas procura alentar la brevedad, concepto siempre saludable y elogiado que hoy depende del criterio de cada profesional. En los hechos es común que las partes presenten escritos voluminosos en gran medida engrosados por citas jurisprudenciales y doctrinarias. La Corte manifestó que el 80% de su actividad en los últimos cuatro años consistió en el análisis de casaciones y de quejas por casación denegada, según la Dirección de Estadísticas del Poder Judicial. “Las reglas (de la Acordada 1.498) contribuirán decididamente a dar una respuesta más expeditiva a las controversias llevadas a conocimiento de este superior tribunal, con el beneficio que ello supone en orden a una eficiente administración de justicia”, expresaron Posse, Goane, Gandur, Estofán y Sbdar. En octubre, los vocales ya habían tomado otra medida para desalentar la litigiosidad al aumentar el 67% el depósito judicial de la casación (se informa por separado).

Las nuevas directrices incluyen otras precisiones de estilo. Cada página ha de contener 26 renglones, y el texto mecanografiado debe presentar un cuerpo “claramente legible” de tamaño 12 o superior. La Corte también hizo una distinción cromática y exigió que los escritos sean impresos con tinta negra.

La “inspiración” para estos parámetros provino de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: los jueces supremos locales recordaron que el máximo estrado del país había puesto en vigencia una reglamentación semejante en 2007 respecto de la redacción de los recursos extraordinarios y de las quejas por recurso extraordinario denegado. La Corte local siguió al pie de la letra el camino que habían establecido los ministros, que limitaron el extraordinario a 40 páginas y la queja a 10, pero, a diferencia de aquellos, no detallaron otros aspectos como la presentación de la carátula, de las circunstancias del caso y de los fundamentos.

Los responsables de aplicar esta reglamentación en Tucumán serán el propio alto tribunal que la dictó y los jueces que reciban casaciones, que quedaron autorizados a rechazar las presentaciones con la sola mención de la Acordada 1.498 y de los recaudos incumplidos. En los hechos, las reglas funcionarán como requisitos de admisibilidad de los recursos: tanto será así que la Corte comunicó que controlará los textos incluso cuando estos hayan sido admitidos por estrados inferiores.

Qué dice el Código

El Código Procesal Civil y Comercial de la provincia prescribe que el recurso de casación sólo corresponderá en dos supuestos: 1) contra las sentencias definitivas pronunciadas por las cámaras, equiparándose también como tales a las que, dictadas en una cuestión incidental, terminen el pleito o hagan imposible su continuación, y 2) contra las demás sentencias únicamente en la medida en que el punto debatido asuma gravedad institucional. El rechazo de la casación habilita la interposición de la queja ante la propia Corte.

La Acordada 1.498 sólo dejó un orificio para superar las extensiones fijadas. Los vocales manifestaron que los escritos que rebasen las pautas de 40 y 10 páginas serán admitidos igualmente siempre que sea imprescindible tener por superado el déficit que hubiera porque la cuestión debatida supone un serio riesgo para la vigencia de las garantías constitucionales y convencionales. Como casi todos los recursos invocan cláusulas de la Constitución y de los pactos internacionales, no será sencillo determinar la excepción a la regla. La Corte eventualmente tendrá que definir los parámetros para evitar que las disposiciones de la Acordada 1.498 resulten vulneradas.

4.000 pesos más caro

El depósito judicial para las casaciones pasó de los $ 6.000 a los $ 10.000

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán estableció que el depósito judicial que las partes han de adjuntar al recurso de casación ascienda a $ 10.000. El nuevo monto supone una suba del 67% respecto de la suma de 2017, que era de $ 6.000. Los vocales Daniel Posse (presidente), René Goane, Antonio Gandur, Antonio Estofán y Claudia Sbdar indicaron que la cifra de $ 10.000 equivalía al valor sugerido por el Colegio de Abogados de la Capital para una consulta escrita. 

El depósito de la casación está previsto en el artículo 752 del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia. Esa cláusula establece que el importe será devuelto al recurrente sólo si el resultado del recurso le fuera favorable. “En el caso contrario, lo perderá en la proporción del cincuenta por ciento (50%) a favor de la otra parte y del cincuenta por ciento (50%) con destino a las bibliotecas del Poder Judicial. Si no hubiera parte contraria, se perderá todo el depósito con el destino expresado antes. 

El monto de este depósito será determinado periódicamente por la Corte Suprema en una suma única y prudencial, que no podrá exceder del valor de cinco consultas escritas de abogado”, indica la ley.

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