07 Septiembre 2016 Seguir en 
A algunos porque les pareció mucho, a otros porque les pareció poco, pero nadie quedó conforme con la pena impartida a los acusados de haber asesinado a Lucas Cazzuchelli. Las camaristas de la Sala VI (Alicia Freidenberg, Stella Maris Arce y Marta Cavalotti) condenaron a Mauricio Federico Cano y a Iván Eduardo Vega. Al primero le dieron 15 años de prisión por el delito de homicidio y al segundo ocho, por considerarlo partícipe necesario.
“Se probó que Cano y Vega, en la madrugada del 8 de junio de 2013, mientras se movilizaban en una moto en Lules interceptaron a Lucas Cazzuchelli, que viajaba en otra moto con una amiga, con el fin de robarle el rodado. Lucas le dijo a su amiga ‘corré’, Cano bajó de la moto y le disparó en el pecho”, resumió en su alegato el fiscal de Cámara Carlos Sale. En ese sentido, pidió que el delito se encuadre como homicidio en ocasión de robo, a diferencia de la figura de homicidio simple como llegó a juicio, pero el tribunal no hizo lugar.
“La mayoría de los testimonios recibidos señalan a Cano como el autor y algunos hasta dijeron haberlo escuchado jactarse de que había matado al chico de Lules”, agregó Sale. Para Cano pidió la pena de 24 años de prisión, mientras que para Vega solicitó 10 años por participación necesaria.
“También pido, en caso de una condena, la inmediata prisión de los imputados ante el peligro de fuga”, advirtió.
Por el lado de la querella, el abogado Pablo Rivera comenzó diciendo: “el tribunal tiene la gran oportunidad de reivindicarse ante la familia Cazzuchelli por la pérdida sufrida y ante la sociedad, dando un mensaje claro de que no se puede permitir que se cometan delitos en las calles”.
Coincidió con el fiscal en que fue Cano el autor del disparo y en que el móvil del crimen fue el robo. En ese sentido, remarcó la actitud de la víctima respecto a su amiga: “con el accionar de parar la moto y decirle ‘bajá y corré’, le salvó la vida”.
El querellante pidió que se condene a Cano a prisión perpetua, aplicándose el artículo 80 inciso 7° del Código Penal, que establece la pena máxima para casos donde la persona mata “para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito”. Respecto a Vega, pidió que se lo condene por partícipe necesario.
Últimas palabras
El abogado de Cano, José María Molina, puntualizó las contradicciones que dijo haber encontrado en la causa. Además, se opuso a que el delito sea juzgado como homicidio en ocasión de robo y aseguró que no hay ninguna certeza para condenar a su cliente. Por lo tanto, pidió la absolución de Cano.
En cuanto a Mario Leiva Haro, defensor de Vega, sostuvo que su cliente desconocía las intenciones de Cano de salir a robar así como la existencia del arma que llevaba. “El único delito que cometió mi defendido fue el de no denunciar el hecho del cual tenía conocimiento”, dijo el letrado, y pidió que se lo juzgue por encubrimiento.
Acto seguido, el tribunal les dio a los imputados la posibilidad de expresarse por última vez. “Esto cambió mi vida, no puedo estudiar ni progresar”, dijo Cano. A su turno, Vega se mostró quebrado. “Mi más sentido pésame para la familia Cazzuchelli, les pido perdón por no haber podido ayudarlo”, expresó.
Tres horas después, el tribunal no sólo anunciaría la sentencia sino que ordenaría el traslado de ambos al penal de Villa Urquiza.
“Se probó que Cano y Vega, en la madrugada del 8 de junio de 2013, mientras se movilizaban en una moto en Lules interceptaron a Lucas Cazzuchelli, que viajaba en otra moto con una amiga, con el fin de robarle el rodado. Lucas le dijo a su amiga ‘corré’, Cano bajó de la moto y le disparó en el pecho”, resumió en su alegato el fiscal de Cámara Carlos Sale. En ese sentido, pidió que el delito se encuadre como homicidio en ocasión de robo, a diferencia de la figura de homicidio simple como llegó a juicio, pero el tribunal no hizo lugar.
“La mayoría de los testimonios recibidos señalan a Cano como el autor y algunos hasta dijeron haberlo escuchado jactarse de que había matado al chico de Lules”, agregó Sale. Para Cano pidió la pena de 24 años de prisión, mientras que para Vega solicitó 10 años por participación necesaria.
“También pido, en caso de una condena, la inmediata prisión de los imputados ante el peligro de fuga”, advirtió.
Por el lado de la querella, el abogado Pablo Rivera comenzó diciendo: “el tribunal tiene la gran oportunidad de reivindicarse ante la familia Cazzuchelli por la pérdida sufrida y ante la sociedad, dando un mensaje claro de que no se puede permitir que se cometan delitos en las calles”.
Coincidió con el fiscal en que fue Cano el autor del disparo y en que el móvil del crimen fue el robo. En ese sentido, remarcó la actitud de la víctima respecto a su amiga: “con el accionar de parar la moto y decirle ‘bajá y corré’, le salvó la vida”.
El querellante pidió que se condene a Cano a prisión perpetua, aplicándose el artículo 80 inciso 7° del Código Penal, que establece la pena máxima para casos donde la persona mata “para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito”. Respecto a Vega, pidió que se lo condene por partícipe necesario.
Últimas palabras
El abogado de Cano, José María Molina, puntualizó las contradicciones que dijo haber encontrado en la causa. Además, se opuso a que el delito sea juzgado como homicidio en ocasión de robo y aseguró que no hay ninguna certeza para condenar a su cliente. Por lo tanto, pidió la absolución de Cano.
En cuanto a Mario Leiva Haro, defensor de Vega, sostuvo que su cliente desconocía las intenciones de Cano de salir a robar así como la existencia del arma que llevaba. “El único delito que cometió mi defendido fue el de no denunciar el hecho del cual tenía conocimiento”, dijo el letrado, y pidió que se lo juzgue por encubrimiento.
Acto seguido, el tribunal les dio a los imputados la posibilidad de expresarse por última vez. “Esto cambió mi vida, no puedo estudiar ni progresar”, dijo Cano. A su turno, Vega se mostró quebrado. “Mi más sentido pésame para la familia Cazzuchelli, les pido perdón por no haber podido ayudarlo”, expresó.
Tres horas después, el tribunal no sólo anunciaría la sentencia sino que ordenaría el traslado de ambos al penal de Villa Urquiza.







