La Corte decidió que la Ley de Medios se aplique de manera plena a fin de año

La Corte decidió que la Ley de Medios se aplique de manera plena a fin de año

Por unanimidad el Supremo Tribunal, le puso fecha de vencimiento a la cautelar que había presentado el grupo Clarín.

UNANIME. El Máximo Tribunal se expidió esta mañana sobre el recurso que había presentado Clarín. NA UNANIME. El Máximo Tribunal se expidió esta mañana sobre el recurso que había presentado Clarín. NA
22 Mayo 2012

BUENOS AIRES.- Por decisión unánime, la Corte Suprema de Justicia dispuso mantener la cautelar que había suspendido la aplicación del artículo 161 de la ley 26.522 (Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual), con el plazo de 36 meses que había dispuesto la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, pero contados a partir de la fecha del dictado de la medida, con lo cual esta dejará de estar vigente el 7 de diciembre de 2012.

De este modo, a fin de año entrará en vigencia el artículo referido a la desinversión de las empresas que excedan el límite permitido por la norma. Este aspecto había sido impugnado por el Grupo Clarín, quien había obtenido una cautelar a su favor.      

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En ese sentido, la Corte recordó que las medidas cautelares son resoluciones jurisdiccionales precarias, no definitivas. Y señaló que cuando las cautelares se hacen ordinarias y sustituyen a la sentencia definitiva, se crea un derecho precario. "Esto constituye una lesión al objetivo de afianzar la Justicia señalado en el Preámbulo de la Constitución Nacional", señaló el escrito. De este modo, el grupo Clarín deberá desprenderse de algunas de sus señales antes de fin de año.

El fallo de la Corte establece lo siguiente:

1) Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario federal y se confirma la sentencia apelada en cuanto rechazó el pedido de levantamiento de la medida cautelar y fijó su plazo de vigencia en treinta y seis meses.

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2) Que el plazo de 36 meses de la cautelar se cuenta a partir del 7 de diciembre de 2009 y vence el 7 de diciembre de 2012.

3) Que el plazo previsto en el art. 161 de la ley 26.522 venció el día 28 de diciembre de 2011 conforme surge de la reglamentación de la ley.

4) En consecuencia, estando vencido el plazo legal, y por efecto de la finalización de la cautelar, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del art. 161 de la ley 26522 con respecto a la actora.

El fallo fue firmado por el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, y por los ministros Carlos Fayt, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni. (Télam-NA-Cij.gov.ar)

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