Los amigos de mis amigos son mis amigos

Los amigos de mis amigos son mis amigos

La opción por conjueces cuyas decisiones no están sujetas a la superintendencia interna del Poder Judicial y al mecanismo de destitución por juicio político supone desplazar de la Corte a magistrados que hicieron aportes valientes y valiosos a su jurisprudencia. A modo de ejemplo, vale recordar la contribución de Ebe López Piossek, camarista en lo Contencioso Administrativo, en la sentencia de septiembre de 2008 que obligó a organizar por ley al Consejo Asesor de la Magistratura y prohibió la enmienda legislativa de la Constitución. Una contradicción se configura al prescindir de estos con el argumento de que pertenecen a las cámaras que emiten los fallos sometidos a la jurisdicción del alto tribunal, pasando por alto que, en el ámbito de su competencia, cada juez vota -o debería votar- con autonomía absoluta. Este principio cae directamente al vacío cuando entra en acción cortesana una lista de conjueces (simples abogados de la matrícula) elegidos por obra y gracia del entramado de razones subjetivas y, por ello, sospechosas y discutibles, que imperan en los páramos de la discrecionalidad. Si el gobernador Alperovich puede designar a sus amigos en las vocalías de la Corte, ¿qué impide a estos, que no han pasado por un proceso objetivo de selección, privarse de colocar a sus letrados amigos en el papel de conjueces? Un alto tribunal así planteado se aleja de la imparcialidad que debería garantizar; se aleja para dolorosamente asimilarse a un club de élite... o a una empresa.

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