La UCR cree que la Corte Suprema debe frenar la re-reelección

La UCR cree que la Corte Suprema debe frenar la re-reelección

Camaristas aceptaron un recurso de casación

07 Marzo 2011
En el radicalismo celebran que finalmente sea la Corte Suprema de Justicia la que resuelva sobre el planteo que objeta la posibilidad de que el gobernador, José Alperovich, acceda a un tercer mandato consecutivo al frente del Ejecutivo.

"Esta situación va a marcar un punto de inflexión en la Corte; los tucumanos vamos a saber si el alto tribunal, que tiene el poder de revisar los excesos de los gobiernos de turno, procede con libertad y administra justicia con una verdadera independencia", consideró el senador José Cano, candidato a gobernador por la UCR.

El viernes, la sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo accedió al recurso de casación que había interpuesto en agosto el radical Ariel García. El dirigente dedujo esa acción contra una sentencia de la misma sala, mediante la que se rechazó la acción intentada por él con el fin de que se despejara la incertidumbre constitucional acerca de si el gobernador, José Alperovich, está habilitado para ser re-reelecto en agosto.

"No puede haber ninguna duda de que una tercera elección consecutiva sería inconstitucional e indebida. La re-reelección es ilegal, y eso hasta el propio Alperovich lo sabe. Pero es hora de que la justicia ponga blanco sobre negro sobre la inconstitucionalidad de la norma que le otorgó privilegios y que viola los límites de la ley que declaró la necesidad de reforma de la Constitución provincial", añadió el autor de la demanda judicial.

Quien también se pronunció es el referente de la UCR en Yerba Buena, Mariano Campero. "Los tucumanos tenemos la obligación de exigirle a la Corte seriedad e independencia al momento de resolver este tema. De lo contrario, se dejará pasar la elección de gobernador y la sentencia se limitará a decir que el tema deviene en abstracto", advirtió el dirigente.

Los fundamentos

En el último fallo, los vocales Salvador Ruiz y Horacio Castellanos concluyeron que corresponde conceder al radical García el recurso de casación porque interpuso esa acción en término y de acuerdo lo establecen las normas.

En sus fundamentos para solicitar el traslado del expediente a la Corte, García adujo que el pronunciamiento dictado por los vocales era manifiestamente arbitrario. Los magistrados, en agosto, consideraron que el mero carácter de ciudadano-elector que alegaba el dirigente radical no resultaba suficiente o no lo legitimaba para cuestionar el artículo 159 de la Constitución provincial, en la medida en que no había acreditado en qué le afectaría una tercera postulación de Alperovich. No obstante, los jueces evitaron expedirse sobre el fondo de la cuestión: la constitucionalidad de esa cláusula transitoria de la Carta Magna.

La norma fija que, a los fines de la reelección, el actual mandato (2007-2011), y no el cumplido (por Alperovich) entre 2003 y 2007, debe ser considerado como primero.

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