"La realidad mundial impone cambios en las leyes concursales"

La tutela de las empresas y del consumidor.

08 Mayo 2009
Más temprano que tarde, la Argentina tendrá que reformar las leyes concursales para adaptarse a la realidad de crisis económica mundial, tal como sucedió en 2001, planteó ayer a LA GACETA Francisco Junyent Bas, doctor en Derecho y uno de los expositores que participan del V Encuentro Regional de Derecho y Sindicatura Concursal, organizado por los colegios de Abogados y de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán.
Si bien reconoció que, por efecto de la recesión económica, crecieron los pedidos de quiebras y concursos, advirtió que no hay que tener una mirada apocalíptica sobre el asunto, porque "la Argentina tiene una gran gimnasia  (como la de haber soportado la crisis de fines de 2001) al tratarse de un país de idas y vueltas y de grandes altibajos". El también profesor plenario de la Universidad Nacional de Córdoba consideró que la legislación nacional tiene respuestas para las grandes empresas que los países del primer mundo carecían para enfrentar la debacle.
"Ante la nueva realidad mundial, países como Estados Unidos o Alemania modificaron las normas concursales, brindando alternativas para el salvataje de las grandes empresas o para conservar las existentes", indicó el experto. Y acotó que después de las elecciones o en 2010, la Argentina tendrá que hacer varios cambios normativos que contemplen el concurso de los consumidores y la tutela de las empresas. "Aunque parezca mentira, no cabe dudas de que en la legislación concursal, como la nuestra, el más desprotegido de todos es el consumidor", afirmó el especialista. Explicó que no hay normativa que contemple la insolvencia de esa persona. "Al entrar en un sistema general, esta no da una respuesta concreta o hace muy fácil la liberación de la deuda", añadió.
Junyent Bas puntualizó que quien se presenta en quiebra puede ser rehabilitado al transcurrir un año, "lo cual puede resultar muy abusivo por parte de quien se ha endeudado abiertamente". "A la vez, sería injusto para alguien que ha quedado endeudado por concesiones de crédito y la sumatoria de intereses que, en algunos casos, también son abusivos por parte de las entidades financieras", indicó.
El experto puso como ejemplo las readecuaciones a la legislación de Francia. En ese país -dijo-, se distingue entre el sobreendeudamiento activo (de aquel que sabe que no puede pagar) del pasivo (que necesita vivir y que por la crisis se le ha disminuido el poder adquisitivo). En cuanto a la tutela de las empresas, Junyent Bas señaló que debe exigirse a todo empresario un adecuado plan de empresa que asegure a los acreedores y a la sociedad cómo seguirá en marcha.

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