Qué dice la nueva ley ómnibus que enviará Javier Milei al Congreso: el texto completo

Qué dice la nueva ley ómnibus que enviará Javier Milei al Congreso: el texto completo

De las once emergencias planteadas originalmente, quedan cuatro por un plazo de un año: administrativa, económica, financiera y energética.

Javier Milei Javier Milei
14 Marzo 2024

Mientras en el Senado se tratará hoy la aprobación o el rechazo del mega decreto de Javier Milei, lo cual desató una fuerte interna con su vicepresidenta Victoria Villarruel, el Gobierno difundió a gobernadores y legisladores el borrador con la nueva ley ómnibus, titulada Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los argentinos, luego de que la primera versión fuera rechazada en el Congreso.

El Gobierno propone promover un paquete de alivio fiscal que incluye una Moratoria Impositiva, la Modificación a los Impuestos Internos al Tabaco, y la Eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas.

El nuevo texto comprende 177 páginas en las que se despliegan 269 artículos divididos en 11 títulos. Entre los temas a tratar, similar al proyecto original, se encuentran las Emergencias y facultades para el Poder Ejecutivo, una reforma del Estado, artículos sobre la consolidación de deuda, desregulación económica, defensa de la competencia, y el Régimen de incentivo para grandes inversiones (RIGI).

El primer título del proyecto hace referencia a la declaración de la emergencia y la delegación de facultades. De las once planteadas originalmente y las seis que se votaron en el último dictamen, quedan apenas cuatro emergencias por un plazo de un año: administrativa, económica, financiera y energética.

Una de las preocupaciones del Gobierno es avanzar en reformar el Estado con la consigna de liberar de su peso a los ciudadanos. En ese capítulo se plantean artículos referidos a que el Parlamento le delegue al Gobierno las herramientas para poder en la Administración central o descentralizada: reorganizar; fusionar, transformar, disolver parcial o totalmente órganos u organismos de la administración central o descentralizada creados por ley o norma de rango equivalente (se excluye a las Universidades, CONICET e INTA).

Los Fondos Fiduciarios también están incluidos. Éste punto fue el que llevó a que Milei tomara en su momento la decisión de retirar el proyecto, tras la derrota durante su tratamiento en la Cámara de Diputados.

En este punto, en el nuevo proyecto se aspira que el Poder Ejecutivo pueda modificarlos, disolverlos o determinar la extinción de fideicomisos públicos y que los fondos pasen al Tesoro Nacional hasta la sanción de la próxima ley de Presupuesto.

Ley ómnibus: privatizaciones

También se insiste con la privatización de ciertas empresas públicas. Se declaran “sujetas a privatización” a las empresas Aerolíneas Argentinas S.A., Energía Argentina S.A. y Radio y Televisión Argentina S.E. y pasibles de privatización / concesión a Agua Y Saneamientos Argentinos S.A, Correo Oficial De La República Argentina S.A., Belgrano Cargas Y Logística S.A., Sociedad Operadora Ferroviaria S.E (Sofse), Corredores Viales S.A. y YCRT.

Mientras que las empresas Nucleoeléctrica Argentina S.A., Banco De La Nacion Argentina (y todas las empresas del Grupo Nación) y Empresa Argentina De Soluciones Satelitales S.A solo podrán ser privatizadas parcialmente, debiendo el Estado Nacional mantener la participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

En lo referido a las privatizaciones, es importante destacar que la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Privatizaciones intervendrá en los procesos que se lleven adelante.

Disolución de organismos estatales

La nueva Ley Ómnibus faculta además al Poder Ejecutivo nacional a a modificar, eliminar competencias, funciones o responsabilidades a organismos de la administración central o descentralizada "cuyo mantenimiento resulte innecesario". También podrá disponer su "reorganización, centralización, transformación, fusión, escisión, disolución total o parcial y transferencia a las provincias o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos".

Quedan excluidos de la facultad de disolución total, las universidades nacionales, el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

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