Podrán hacer contrataciones directas más caras

Podrán hacer contrataciones directas más caras

El Gobierno duplicó el monto por el que los municipios y las comunas pueden realizar obras, sin licitación, y lo llevó hasta $ 150.000. La prerrogativa rige para trabajos acordados entre las administraciones locales y la provincia, en convenios recíprocos. Mediante un decreto cambiaron una ley.

JUSTIFICACION. El gobernador afirma que la disposición que dictó busca que no se detenga la ejecución de trabajos en las ciudades y los pueblos. LA GACETA / OSVALDO RIPOLL JUSTIFICACION. El gobernador afirma que la disposición que dictó busca que no se detenga la ejecución de trabajos en las ciudades y los pueblos. LA GACETA / OSVALDO RIPOLL
28 Julio 2007
El Gobierno modificó, por medio de un decreto de necesidad y urgencia, la ley 7.396. Y a partir de este cambio, duplicó los montos de asistencia económica para que las 19 municipalidades, las 93 comunas rurales y la Secretaría del Poder Ejecutivo que las coordina, contraten obras públicas de manera directa, eludiendo la licitación pública.
La norma que fue alterada faculta al Poder Ejecutivo a suscribir convenios de reciprocidad con las administraciones de las ciudades y los pueblos para ejecutar trabajos públicos. La provincia entrega, para ello, asistencia financiera que puede ser reintegrable o no. Según el artículo 2, el monto para cada administración era de hasta $ 70.000.
Ahora, ese monto será de $ 150.000, a partir del decreto 45/1 que el gobernador, José Alperovich, firmó en acuerdo con los ministros Jorge Jiménez (Economía), José Manuel Paz (Desarrollo Productivo), Edmundo Jiménez (Gobierno), Mario López Herrera (Seguridad Ciudadana), Juan Manzur (Salud Pública) y Susana Montaldo (Educación); y con el secretario general de la Gobernación, Francisco Sassi Colombres.
Las obras que se realicen en el marco de este programa de convenios de reciprocidad, según el artículo 3 la ley que no fue alcanzado por el decreto, tienen “carácter de urgentes e imprescindibles”. Por ello, “en el caso de las comunas rurales y de la Secretaría de Coordinación con Municipios y Comunas, quedan encuadrados en las excepciones previstas en la ley de Obras Públicas y de Administración por hasta la suma indicada en el artículo 2. Consecuentemente, los organismos ejecutores quedan facultados a contratar en forma directa elementos, materiales, mano de obra y todo lo necesario para la realización de tales trabajos”, establece el texto vigente de la norma.
Para mayor especificidad, según el artículo 4 de la ley 7.369 (tampoco fue modificado por el decreto), “se considerará organismo ejecutor a la municipalidad o comuna, cuando pudiese asumir tal carácter, o a la Secretaría de Coordinación con Municipios y Comunas, cuando ella ejerza tal condición”.

Los argumentos oficiales
El gobernador y los ministros justifican la disposición en la necesidad de ejecutar obras en distintas ciudades y localidades.
“Es incesante el ritmo que se les imprimió a estas acciones de gobierno, con la colaboración de intendentes y comisionados comunales, en un serio compromiso con la población, llevando mejoras a la comunidad, que le permite dignificar su calidad de vida”, dijeron los funcionarios en los considerandos de la medida.
Paralelamente, consignaron que los trabajos consisten, entre otras tareas, en la construcción y refacción de CAPS y hospitales, la provisión de agua potable y cloacas, el ensanche y la apertura de calles, la pavimentación y el tendido de líneas eléctricas. “A fin de no detener la ejecución de los planes de Gobierno, se hace necesario modificar el artículo 2 de la ley 7.369”, indica el decreto.
En total, la provincia puede destinar hasta $ 35 millones para atender estos convenios de reciprocidad, según lo estableció oportunamente la ley 7.677.
El decreto 45/1 fue dictado el martes 24 y comunicado a la Legislatura al día siguiente. Por ello, hay plazo para que la Legislatura lo trate (para ratificarlo o rechazarlo) hasta el 22 de agosto. Luego de esa fecha, quedará firme.