Ya no hay hacia dónde correr
La que se despide ha sido una semana de confirmaciones. El poder político y el Poder Judicial han suscrito una tregua en el enfrentamiento que signó el comienzo de año. Y ahora, cuando se disipa el humo de los disparos, cobra nitidez aquello de lo que sólo se tenían siluetas.

Una primera certeza está referida a la coyuntura y consiste en que, en la pelea entre las tres instituciones de la república, no hay víctimas ni victimarios. Se trató desde el inicio, tal como se avisó, de una pelea por zonas de influencia. Al cese al fuego se llega después de que el número de bajas está igualado.

A modo de veloz recuento, la Casa de Gobierno y la Legislatura dispararon, primero, con la suspensión automática de jueces sometidos a procesos de destitución. Después, notificaron que no habrá ampliación de partidas para que el Poder Judicial enfrente las paritarias. Y, al final, avanzaron con un plan para designar jueces provisorios que subroguen los despachos vacantes de la Justicia.

La Justicia contraatacó a la vuelta de los últimos siete días. Confirmó, primero, al señero camarista Rodolfo Novillo al frente de los expedientes (tan temidos por el oficialismo) que investigan el uso de los multimillonarios gastos sociales durante 2015. Dictó, después, una cautelar que le ordena a la Legislatura reponer en sus puestos a los asesores del legislador opositor Luis Brodersen. Y, al final, la Corte dictó una acordada que suspende sin término la aplicación de la ley que divide el Ministerio Público Fiscal y le confiere autonomía administrativa.

Este último pronunciamiento, y la impasse que se abrió, están entre los acontecimientos más trascendentales en la historia institucional.

Páramos

La segunda certeza es de índole estructural. En Tucumán, el derecho ha terminado de entrar en el limbo.

En Tucumán la década pasada forjó un verdadero Estado de Excepción. Una instancia en la cual el derecho está vigente, pero no se aplica. Esa es la receta que usó el alperovichismo como doctrina asfaltadora. Luego de fracasar en su intento por forjar una Constitución provincial que le permitiera hacer lo que quisiera, el alperovichismo descubrió que no le hacía falta dictar leyes antojadizas (siempre existiría el escollo judicial), sino que bastaba con cumplir solamente con las leyes que le conviniesen.

Tanto fue así que la Carta Magna que el alperovichismo reformuló y que está vigente manda a dictar una Ley de Régimen Electoral, una Ley de Acefalía y una Ley de Voto Electrónico, mandatos que el poder nunca cumplió.

En este páramo, la Justicia tucumana era el único poder que no había ingresado a esa tierra de nadie, a medio camino entre el derecho y la anomia. Ahora, se ha entrado en ella. La Corte ha establecido con rotunda literalidad que no va a aplicar la vigente ley de reforma del Ministerio Público Fiscal.

Esta semana, el alto tribunal se apartó de la vía institucional en que una ley puede ser declarada inconstitucional y, por lo tanto, su contenido queda fulminado; o puede ser confirmada en su validez y, por tanto, tiene plena vigencia. Con el control de constitucionalidad, el alto tribunal se metió de lleno en la historia de la jurisprudencia argentina al anular pasajes completos de la oprobiosa Anti-Constitución alperovichista. Sin embargo, el martes, los jueces supremos acordaron, literalmente, que una ley plenamente vigente no será aplicada en el ámbito del Poder Judicial.

Ningún mensaje derivado de ese proceder es un buen augurio.

Cuestiones

Primera cuestión: validar o invalidar un texto legal es parte de la naturaleza contramayoritaria de la Justicia. La Constitución protege de las mayorías, inclusive, a esas mayorías: hay derechos consagrados a prueba de cualquier Gobierno. Así que la modificación del Ministerio Público Fiscal podía prosperar o podía no hacerlo. En cambio: determinar que simplemente no se aplicará una ley sancionada por el Poder Legislativo y promulgada por el Poder Ejecutivo es una tergiversación de la facultad.

Segunda cuestión: el Estado de Excepción genera derecho inútil.

Tercera cuestión: si es válido para la Corte no aplicar una ley vigente con la excusa de los tiempos administrativos, ¿es válido para el poder político no aplicar la Ley de Administración Financiera en materia de rendición de los subsidios a personas, en nombre de que no dan los tiempos administrativos para atender las urgencias de los pobres?

Cuarta cuestión: ¿la ley abusiva será declarada inconstitucional, y la ley antipática será declarada inaplicable?

Quinta cuestión: una ley se torna inaplicable por otra ley que la deroga. Ahora, en Tucumán, hay acordadas con carácter derogatorio. ¿Qué control de constitucionalidad resiste cosa semejante?

La acordada de la Corte encuentra un antecedente lejano: el 11 de abril de 1996, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inaplicable el artículo 1° de la Ley 24.631, que derogaba las exenciones impositivas para la remuneración de los jueces. Es decir, su precedente se aparta del equilibrio de poderes para jaquear el principio fundacional de la república: la igualdad ante la ley. Porque si los jueces no pagan Impuesto a las Ganancias, como sí lo hace cualquier asalariado medio, entonces sólo hay dos alternativas: o no todos los ciudadanos son iguales ante la ley; o los jueces han decidido que ellos ya no son ciudadanos.

Con precedentes así, parece mejor nacer inédito.

Interrogantes

Después de los mensajes, persisten las preguntas. Si la reforma del Ministerio Público Fiscal se propicia por el bien de la comunidad y de la seguridad ciudadana, según el poder político; o si esa ley avasalla la independencia del Poder Judicial, según los voceros tribunalicios, ¿por qué unos y otros están contentos con la tregua?

¿El bien común puede esperar y por eso el poder político decidió cambiar el tono del discurso a la modalidad “amigable componedor”?

¿La independencia de la Justicia es secundaria, entonces en lugar de fulminar una de las leyes que amenaza es mejor dejarla latente?

¿O será que nunca se estuvo luchando por valores sociales ni principios institucionales?

A la luz de lo incontestable queda claro que la pelea siempre fue por poder. En particular, por un tipo de poder que va más allá de la frontera republicana: el poder de la discrecionalidad.

Pasados

El poder político se arroga la discrecionalidad de poder destinar fondos del Estado a campañas electorales, que es lo que en buena parte fueron los gastos sociales. La partida de Transferencias de la Legislatura pasó de 150 millones durante el 2014 sin llamado a las urnas, a 600 millones en el 2015 electoral. La tercera parte de eso fue extraído en valijas, durante los 90 días previos a los comicios.

En nombre de esa discrecionalidad, el poder político no quiere ser investigado por esos dineros. Y cuando la Justicia resolvió hacerlo, después de 12 años de no investigar al alperovichismo, la Casa de Gobierno y la Legislatura resolvieron trastrocar la Justicia, después de 12 años de jamás intentar mejorarla.

Justamente, que el poder político diga ahora que quiere un Ministerio Público independiente es un alarde de relajo. El gobernador Juan Manzur, el vicegobernador Osvaldo Jaldo y el ministro fiscal Edmundo Jiménez tuvieron una larga década de alperovichismo: uno fue vicegobernador, el otro ministro del Interior, y el tercero, ministro de Gobierno y Justicia. Durante esa gestión, el Poder Judicial fue declarado en Estado de Emergencia, porque los sucesivos fracasos por digitar el nombramiento de jueces generó medio centenar de vacancias en los Tribunales.

Y en 2006, cuando se reformó la Constitución provincial, la Convención Constituyente que presidió Manzur no se anotició de que la Carta Magna nacional de 1994 consagraba en el orden nacional el Ministerio Público autónomo. Hay que equivocarse mucho para que, en comparación, Carlos Menem parezca un adláter de la república. Ahora tienen apuro por hacer, por ley común, lo que no quisieron consagrar en la Ley Fundamental.

Índices

La Corte también quiere mantener la discrecionalidad en el nombramiento del personal, y por eso resiste la autonomía del Ministerio Público Fiscal. El “índice parientes” del Poder Judicial es pandémico. El propio gremio de empleados judiciales ha salido a gritarlo estos días.

Precisamente, queda de manifiesto que, con la inaplicabilidad de la ley, lo que el alto tribunal hace es pronunciarse a favor de sus propias prerrogativas. Lo que la acordada no dice, pero grita, es que la Corte, como cabeza del Poder Judicial, ratifica que esa cabeza incluye la dependencia del Ministerio Público Fiscal. Por eso, frente al planteo de la senadora opositora Silvia Elías de Pérez, los dos vocales con más antigüedad (Antonio Gandur y René Goane) opinan que hay que pronunciarse por la inconstitucionalidad de la ley; mientras que sus pares designados en la década pasada (Antonio Estofán, Claudia Sbdar y Daniel Posse) prefieren aplazar el pronunciamiento de fondo. Eso sí, todos estuvieron de acuerdo en que la ley no se aplique.

Si contar con un Ministerio Público Independiente importase en los Tribunales locales, también sería una novedad. Esta semana, esa presunción alcanzó niveles de certeza, cuando en Buenos Aires el fiscal federal Carlos Stornelli le solicitó al juez federal Luis Rodríguez que cite a indagatoria al senador José Alperovich, por las irregularidades (presuntas, obviamente) en la ejecución del plan Más Cerca en Tucumán, durante su gestión. Para que se aprecien las bondades de ese programa, las recientes inundaciones en Alberdi ocurrieron apenas después de que se inaugurara, con dinero del Más Cerca, un canal de cintura que debía prevenir los anegamientos. Oprobios como ese se ven desde el Obelisco, pero fueron completamente invisibles desde los despachos provinciales y federales en Tucumán durante la década ganada por la anomia.

Entonces, en el enfrentamiento entre los poderes tucumanos, todo se parece demasiado a una disputa por poder discrecional entre sectores que integraron el alperovichismo, o que lo blindaron, en un contexto de post-alperovichismo.

El Estado de Excepción se ha completado. Es decir, ya es perfectamente circular. O sea, no hay hacia dónde correr…

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