La Presidenta se había referido a otro delito del Código Penal

La Presidenta se había referido a otro delito del Código Penal

Cristina invocó el artículo 309, de la Ley Penal que, en realidad, apunta a combatir la especulación con valores negociables o financieros

20 Agosto 2014
BUENOS AIRES.- El artículo 309 del Código Penal (Ley 26.733) que invocó la presidenta, Cristina Fernández, al anunciar que se había efectuado una denuncia contra la empresa Donnelley “haciendo uso por primera vez” de la “Ley Antiterrorista” es, en rigor, una norma previa que apunta a combatir el “agiotaje”.

La norma establece que “será reprimido con prisión de 1 a 4 años, multa equivalente al monto de la operación e inhabilitación de hasta 5 años, el que realizare operaciones que hicieren subir, mantener o bajar el precio de valores negociables u otros instrumentos financieros, valiéndose de noticias falsas, negociaciones fingidas, reunión o coalición entre los principales tenedores de la especie, con el fin de producir la apariencia de mayor liquidez o de negociarla a un determinado precio; ofreciere valores negociables o instrumentos financieros, disimulando u ocultando hechos o circunstancias verdaderas o afirmando o haciendo entrever hechos o circunstancias falsas”. Sólo la línea final del artículo podría aplicarse a la supuesta quiebra fraudulenta de la imprenta.

Previo a la sanción de la Ley 26.733 (en 2011), existía en el Código Penal el artículo 300, que establecía que “serán reprimidos con prisión de seis meses a dos años” a quien “hiciere alzar o bajar el precio de las mercaderías fondos públicos o valores, por medio de noticias falsas, negociaciones fingidas o por reunión o coalición entre los tenedores de una mercancía o género, con el fin de no venderla o sino no venderla a un precio determinado”.

La supuesta “confusión” oficial apunta a otro delito del Código Penal: “quiebra fraudulenta”. El artículo 176 del Código determina que “será reprimido, como quebrado fraudulento, con prisión de 2 a 6 años e inhabilitación de 3 a 10 años, el comerciante declarado en quiebra, en fraude de sus acreedores”.

El artículo 309 tiene como objetivo atacar las fuentes de financiación de organizaciones, locales o trasnacionales, dedicadas a actividades consideradas “terroristas”, tras los atentados del 11 de setiembre de 2001, en Washington y Nueva York. Los ataques financieros para alterar artificialmente una situación en un país son parte de una interpretación de la normativa, que ahora subyace en la presentación de la AFIP ante el juez federal Daniel Rafecas. (DyN)

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