La “legítima defensa” se ajusta a muy pocos homicidios

La “legítima defensa” se ajusta a muy pocos homicidios

El Código Penal contempla la autodefensa de vida y bienes, pero en casos puntuales Las muertes de dos ladrones disparan un debate en el que se analiza la justicia por mano propia

EN VILLA MARIANO MORENO. Un comerciante mató a un ladrón que intentó ingresar a su negocio. LA GACETA / FOTO DE DIEGO ARÁOZ EN VILLA MARIANO MORENO. Un comerciante mató a un ladrón que intentó ingresar a su negocio. LA GACETA / FOTO DE DIEGO ARÁOZ
19 Agosto 2014
La interpretación de las leyes que rigen el accionar de la sociedad está bajo una presión constante que ejerce la inseguridad. O, al menos, esto es lo que recoge continuamente LA GACETA en las marchas de protesta o en los reclamos que realizan los familiares de las víctimas de homicidios en una ocasión de robo.

La semana pasada dos hombres mataron de un balazo en la cabeza a dos personas. Una de las víctimas fue un asaltante que intentaba arrebatar una cartera y la otra fue un intruso que estaba dentro de un almacén. Sin embargo estas causas -ambas están siendo investigadas por la Fiscalía de Instrucción de la VIII° Nominación- no son iguales y sólo uno de los hombres que se defendió recuperó su libertad. Es que, según explicaron dos referentes que suelen intervenir en muchos casos que son juzgados por el fuero penal, no es sencillo probar la figura legal conocida como “Legítima Defensa”.

El Código Penal de la Nación comprende este caso particular como una situación en la que una persona actúa en defensa de su integridad física o de su patrimonio. Pero, como en el Artículo 79 del Código se establecen las penas para quienes cometen homicidios, lo que en realidad busca la ley es preservar la vida. A pesar de esto, las circunstancias que se deben sobrellevar día a día en algunas zonas de la provincia, generan tensiones que -a veces- derivan en tragedias.

Tensión en la calle

El miércoles pasado el comerciante Dante Marcelo Corbalán, de 42 años, le disparó a Walter Maximiliano Sierra, un joven de 24 años, que había ingresado al fondo del local que tiene en la Calle 1 al 400 en Villa Mariano Moreno. Sierra murió por el balazo y Corbalán está detenido desde ese día.

Ariel Alonso, otro comerciante de la cuadra en la que trabajaba Corbalán habló de las razones por las cuales, según dijo, comprende lo que sucedió. “Lamentablemente la gente está tomando por sus propias manos la justicia porque la Policía no existe. Uno lo escucha al gobernador (José Alperovich) que contratan a más policías, pero nunca están. En esta zona hay varios comercios, pero nunca vas a ver a un policía que se pare a vigilar”, explicó.

En este marco, el abogado penalista Cergio Morfil remarcó que es muy complejo probar que un homicidio sucedió por una legítima defensa. “Es muy difícil que se conceda en primera instancia esta figura. Si los fiscales de Instrucción llegan a tener alguna duda acerca de cómo sucedió un caso, elevan la causa a debate oral para que allí se pruebe qué fue lo que pasó”, remarcó.

El abogado también dijo que son pequeños los detalles que separan a un asesinato de una legítima defensa. Y para explicarlo planteó una situación hipotética. “Cuando una persona debe afrontar una circunstancia que puede derivar en un homicidio y consigue escapar de las amenazas de las que está siendo víctima, jamás debe volver al lugar en el que fue agredido. Porque si regresa con algún tipo de arma y mata a la persona que lo estuvo agrediendo se consideraría que hubo un exceso en la legítima defensa y, en ese caso, por haberse defendido después de ser atacado comete una acción punible”, detalló.

Por su parte el fiscal de Cámara Carlos Sale subrayó la importancia que tiene el trabajo de la Policía en el caso de que una causa en la que se alega legítima defensa llegue a juicio. “Para ver si el testimonio de un acusado coincide con las pruebas de cómo ocurrió un homicidio es imprescindible que la Policía preserve la escena del crimen. Ellos (por los uniformados) son los encargados de recolectar y analizar las pruebas que después se utilizarán en un debate oral”, explicó.

Además, el fiscal habló del alcance del Código. “La ley concede el derecho de defender las posesiones y la propia vida. Pero esto no quiere decir que necesariamente se deba responder a una agresión ilegítima. Porque todas las normas están pensadas en función de la defensa de la vida”, analizó.

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