Bartolomé Cajal no es el único septuagenario que cumplirá la condena con arresto domiciliario después de haber sido condenado por un homicidio. Hay otros antecedentes, pero también hubo un penado a perpetua por femicidio al que le otorgaron esa modalidad de cumplimiento y se escapó días atrás, según confiaron fuentes judiciales.

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Juan Alberto Molina, de 71 años (foto), fue acusado de haber matado a golpes a su ex pareja, Pamela Soledad Cabrera (38), en un hecho ocurrido en el barrio Néstor Kirchner el 5 de octubre de 2021. El 17 de diciembre, el auxiliar Fernando Isa, con instrucciones del fiscal Ignacio López Bustos, acordó a través de un juicio abreviado la perpetua.

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El juez Bernardo L’Erario aceptó el acuerdo en el que la defensa solicitó que cumpliera la pena en un domicilio, tal como lo estipulan las normas. Un juez de Ejecución aceptó el planteo y el hombre fue llevado a una casa desconocida. El lunes, según trascendió, la Justicia recibió el informe de que Molina se había escapado y que las autoridades policiales ya lo estaban buscando.

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Hubo otro procesado al que se le dictó una medida similar hasta que sea enjuiciado. Domingo Roque Serrano (85) fue acusado del femicidio de su ex pareja, Estela del Valle Correa en un hecho que se registró en mayo de 2021 en Alderetes. El fiscal Carlos Sale consiguió que un magistrado le dictara la prisión preventiva, que debía cumplir en el hospital Obarrio. No se conocen detalles sobre cómo avanzó este proceso.

Ramón Rosa Díaz (60), en un momento fue acusado del femicidio de Ana María Carrizo, ocurrido en septiembre de 2021. Con el avance de la investigación, se realizó un juicio abreviado que fue rechazado por L’Erario, que consideró que no debía condenarlo a seis años de prisión por abandono de persona. Todas las partes hicieron un nuevo convenio donde fijaron una pena de 10 años por homicidio preteintencional agravado por el vínculo, que terminó siendo aceptada por el juez Dante Ibáñez. Actualmente, el defensor del condenado Álvaro Zelarayán espera que se le otorgue el arresto domiciliario porque está perdiendo la visión al haberse agravado el cuadro de diabetes que padece.

Condiciones

El artículo 10 del Código Penal establece cuáles son las razones por las que una persona puede cumplir con el arresto domiciliario, ya sea procesada o penada. Ellas son:

1- El enfermo, cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impide recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario.

2- La persona que padezca una enfermedad incurable en período terminal.

3- El discapacitado cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel-

4- El interno mayor de 70 años.

5- La mujer embarazada.

6- La madre de un niño menor de cinco años o de una persona con discapacidad a su cargo.