Actualmente, y desde el 1 de marzo de este año, Anses está exigiendo a las entidades bancarias que arbitren los medios necesarios para acreditar la supervivencia o dar fe de vida de los beneficiarios del sistema, de lo contrario suspenderá el pago de la prestación previsional.

Anses solicitó además simplificar el trámite de modo que no resulte complicado y, a su vez, que no genere aglomeración en los bancos, para lo cual instó a las instituciones bancarias a utilizar los medios digitales a disposición.

Por ello, y antes de que el organismo previsional suspenda el pago del beneficio, cada titular tiene que consultar en el banco donde percibe sus haberes cuál es el modo implementado para acreditar la supervivencia, y poder continuar percibiendo su jubilación o pensión. Si bien es cierto algunos bancos no están solicitando gestión en particular, y simplemente acreditan la supervivencia de los beneficiarios que perciben sus haberes allí, hay otros que exigen que el titular del beneficio realice una compra mensual con su tarjeta de débito (vinculada a la cuenta) ya sea en farmacias o supermercados, con lo cual quedaría acreditada; en otros casos habilitan un tótem para colocar la huella digital en el banco.

La frecuencia de la acreditación también depende de cada banco, siendo en algunos casos mensual y en otros, trimestral.

A quién está dirigido

La obligatoriedad de acreditar la supervivencia es del titular del beneficio y se extiende a todo el universo de jubilados y pensionados; dado que muchos de ellos poseen apoderados para el cobro y otros, ya muy familiarizados con la bancarización, simplemente retiran los haberes de los cajeros automáticos, sin ingresar ni firmar recibo alguno en la institución bancaria.

Si el cobro de la jubilación o pensión hubiese sido suspendido por este motivo, tanto el titular como su apoderado podrán solicitar la rehabilitación del pago del beneficio (previo haber dado fe de vida); gestión que podría demorar unos 60 días aproximadamente, por lo cual el beneficiario estaría sin percibir haberes.

A fin de evitar complicaciones es preciso consultar en el banco donde se cobra la jubilación y/o pensión cuál es el procedimiento para acreditar la supervivencia y con qué frecuencia debe realizarla.