LA GACETA publica en su tapa, el 23 de octubre de 1949, que el gobierno del General Perón no entregará divisas para viajes al exterior. Gustavo Segré, periodista, lo posteó en sus cuentas de redes sociales y la misma se volvió viral.
Destaco el valor de medios de prensa dispuestos a contar, a sus lectores, hechos de la realidad para que los ciudadanos formemos nuestros propios juicios.
Si LA GACETA, en 1949, no informaba aquella novedosa variante de cepo cambiario, hoy, no podríamos evaluar cuan beneficiosa o perjudicial es, para el país y para los argentinos, este tipo de medidas.
Desde un análisis práctico es evidente que no funcionó. Desde ese momento tuvimos alrededor de veinte crisis cambiarias como las que vivimos actualmente.
Las distintas variantes de cepos cambiarios demostraron ser muy nocivos para distintos aspectos de la vida de los argentinos. Me referiré solo a dos, el aspecto económico y jurídico.
Desde el punto de vista económico solo resaltare, aunque es dañino en muchas otras formas, a la caída de la inversión que genera este tipo de medidas.
Muchos economistas explican esto de manera muy sencilla. Si lo invitan a la fiesta que parece será la más divertida, pero a la vez le advierten que deberá, cuando termine, quedarse para siempre sin fiesta y sin poder regresar a su casa, Ud, ¿asistiría a esa fiesta?
Algo similar pasa con la inversión. Usted tiene ahorrado dinero en dólares ¿los invertiría en un país que luego le prohíbe recuperarlos?
Hasta ahora la realidad indica que quien tiene dólares, NO los invierte en países que le prohíben recuperarlos.
Esto está probado por los dichos del directorio del Banco Central, Miguel Pesce, quien dice que los argentinos tienen U$S 400.000 millones en el exterior y, obviamente, no los invierten en el país.
Los argentinos no invierten en Argentina, a pesar de la mega devaluación y que todo está barato en dólares, simplemente porque saben que no podrán recuperarlos cuando, por ejemplo, quieran volver a ahorrar en dólares.
Desde el punto de vista jurídico solo resaltare, aunque es dañino en muchas otras formas, la inseguridad jurídica que genera este tipo de medidas.
Algunos ven la causa, de la inseguridad jurídica, en el péndulo de medidas entre libertad cambiaria y cepos cambiarios. Yo entiendo que este es solo el efecto.
Las más dañinas causas son las medidas de Gobierno que violan los derechos constitucionales, como en este caso, el derecho de propiedad.
El debacle político, social y económico argentino se debe a la desconfianza que producen los gobiernos argentinos que no respeten el derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad.
La desconfianza se refuerza porque, esa violación de derechos, se consuma con la complicidad del Poder Judicial y el beneplácito, fluctuante, de la mayoría de los argentinos.
Para empezar a salir de esta decadencia propongo, simplemente, que los funcionarios públicos solo hagan lo que la ley les permite y los ciudadanos podamos hacer lo que la ley no nos prohíbe.
Traduciendo este principio al caso que nos ocupa, en la interpretación apegada a los principios que la inspiraron la Carta Magna, limitar el derecho de propiedad, por resolución del Banco Central, es una facultad que la Constitución Nacional no permite al funcionario que la dictó y comprar dólares o pasajes al exterior en cuotas es algo que la Constitución Nacional no prohíbe a ningún habitante del suelo argentino.
La Constitución Nacional es una promesa para los argentinos, “para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar” este bendito suelo.
Es hora de comenzar a cumplir esta promesa.