Después de 13 años de espera, el juicio por el crimen de Roberto Cabrera, asesinado en febrero de 2008, se inició en mayo pasado. Seis meses después, luego de una ardua batalla judicial por diferentes planteos, continuará impune. A uno de los acusados la Justicia decidió absolverlo porque se comprobó que no había tenido nada que ver en el homicidio. El otro, integrante del clan Ale, no podrá ser enjuiciado porque se debe esperar el resultado del informe de una junta médica que evalúa su estado de salud mental.

Cabrera estaba en la esquina de República del Líbano e Italia charlando con sus amigos. De pronto, se presentó una camioneta Toyota Hilux en la que se desplazaban cuatro jóvenes. Hubo una pelea que terminó cuando dos de los ocupantes del vehículo comenzaron a realizar disparos. La víctima recibió un balazo en el estómago y agonizó hasta que falleció 16 días después. Por el hecho fueron acusados Fabián “Spiri” Díaz y E.S.A y F.R.A. Sus nombres se mantienen en reserva porque eran menores cuando ocurrió el hecho.

El caso era investigado por el fiscal Arnoldo Suasnábar, pero decidió apartarse del expediente al ser criticado por su inacción. La Corte Suprema de Justicia ordenó que se hiciera una auditoría para evaluar su desempeño al frente del expediente. “Sin que pueda avizorarse algún motivo legal o racional que así lo justificase, la fiscalía rechazó expresamente las sugerencias policiales, ordenando la reiteración de actuaciones que a todas luces resultaban contraproducentes frente a la urgencia que imponían las circunstancias del caso”, indica en uno de sus párrafos la auditoría, elevada por el ya jubilado camarista Pedro Roldán Vázquez.

“Aunque se contaba con testigos que percibieron directamente en el lugar del hecho las características fisonómicas del imputado, se decidió paralizar las actuaciones orientadas a su aprehensión hasta tanto se confeccionase un retrato hablado”, agregó. “No se advierte motivo alguno para esta medida -prosigue el informe en alusión al pedido de identikit-, cuya disposición importó en los hechos una demora en la consecución de otros elementos de juicio que en ese momento eran accesibles para la Fiscalía (dermotest, secuestros e inspecciones)”, describió el magistrado.

El caso pasó a manos de la hoy jubilada fiscala Adriana Giannoni que debió rearmar el rompecabezas con varias semanas de demora. Su antecesor había ordenado la detención de “Spiri” Díaz (el testigo desaparecido) que se había presentado en Tribunales para hacerse cargo del hecho. Pero la investigadora ordenó que quedara en libertad porque los amigos de la víctima negaron que él haya sido el autor del disparo en una rueda de reconocimiento y apuntaron como responsable al integrante del clan Ale y al otro adolescente. La ex jueza de Menores Nora Wexler ordenó la internación de ambos en el Instituto Roca, pero al mes fueron entregados a sus padres para que cumplieran con medidas de menor intensidad.

Pero la investigación tuvo un rotundo giro en plena investigación. Díaz se presentó ante Giannoni y cambió rotundamente su declaración. En septiembre de 2010, Díaz y su madre denunciaron que los familiares del principal sospechoso entraron a su casa y les dieron una golpiza. Un año después, en julio de 2011, Díaz dijo que todo lo que había dicho en su primera declaración había sido mentira y que estaba amenazado por miembros del clan Ale.

El joven explicó que ese día, E.S.A había llegado a la fiesta y había gritado “yo soy … y me tienen que respetar”. Luego habría disparado, junto con el otro acusado. Díaz dijo que esa noche el principal imputado le pidió que se inculpara. “Me pidieron que me hiciera cargo de todo y que me iban a poner un abogado. Me llevaron a un local de la avenida Roca. Ahí el padre y el tío se abrazaron y se dijeron que todo estaba arreglado”, declaró ante Giannoni.

En 2015 se debería haber iniciado el debate, pero al no estar conformada la Sala I, se postergaron todos los plazos procesales. En 2018 se formó el tribunal, pero por el problema de agenda, la audiencia no se realizó. El caso pasó al régimen conclusional, pero, como una acordada de la Corte dicta, los casos en los que estén imputados menores deben adecuarse al nuevo código procesal penal y así se hizo.

En una audiencia realizada ayer, el defensor de F.R.A, Álvaro Zelarayán, reunió el testimonio de varias personas, inclusive de amigos de la víctima, que señalaban que el acusado había disparado hacia otro lado, por lo que era imposible que haya matado a la víctima. Solicitó que se le cambiara la imputación de homicidio agravado a abuso de arma de fuego, pero aclaró que si se consideraba esa calificación, debía ser sobreseído por prescripción. La auxiliar fiscal Luz Becerra, trabajando bajo las órdenes del fiscal Carlos Sale, adhirió al planteo.

Con esta situación, el único que debe responder por el crimen de Cabrera es el integrante del clan Ale. Sin embargo, su defensor Ricardo Fanlo señaló que su defendido se encuentra bajo una curatella civil desde 2016 por los problemas de salud mental que padece. En ese sentido, se descubrió que en el Juzgado Civil II, desde el 26 de agosto, se espera que se conforme una junta médica para que evalúe el caso con el fin de determinar si está en condiciones de afrontar un proceso, más allá de que el crimen se haya registrado hace más de 13 años. Por ese motivo, Becerra solicitó que se suspendieran todos los plazos procesales hasta tanto se resuelva el expediente.

El juez Federico Moeykens, que está al frente del caso, confirmó el sobreseimiento F.R.A y solicitó al juez en lo Civil Víctor Carlos, que acelere la tramitación de ese expediente sobre E.S.A para que pueda resolver este caso que lleva 13 años sin una respuesta.