En Argentina, durante la veda electoral  que rige desde el viernes anterior a la elección, a las 8am, se prohíben una serie de delitos electorales que se encuentran tipificados en el capítulo II del Código Electoral Nacional (Ley 19.945), el cual establece penas de prisión de 1 a 3 años a aquellas personas que los cometieran. Si bien la lista de las prohibiciones es larga -y puede consultarse en el Sitio Oficial Argentina.Gob.Ar- a continuación, te detallamos algunas de las prohibiciones:

-No se pueden hacer espectáculos

-No puede haber venta de bebidas alcohólicas.

-No se pueden entregar a los electores boletas dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.

-No se puede publicar o difundir encuestas.

-No se pueden hacer proyecciones sobre el resultado de la elección.

Tampoco se puede anunciar a quién votarás, en el lugar donde se emite el sufragio.

Por esto te consultamos: