Las autoridades de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establecieron que las empresas de la Economía del Conocimiento podrán solicitar un certificado de exclusión de retención y/o percepción del Impuesto al Valor Agregado, a partir del 10 de mayo.

Mediante un comunicado, señalaron: "entre los beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento figura la posibilidad de exclusión de los regímenes de retención y percepción del Impuesto al Valor Agregado".

La Resolución General N° 4958/2021 que será publicada mañana en el Boletín Oficial estableció el procedimiento para solicitar el certificado que acredite dicha exclusión.

Los sujetos que se encuentren inscriptos y habilitados en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, y que hayan realizado una o más operaciones de exportación en los tres meses anteriores a la fecha de inscripción, podrán pedir el certificado.

Deberán solicitarlo mediante el servicio "Solicitud de Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del Impuesto al Valor Agregado", a partir del 10 de mayo.

Una vez aprobada la solicitud se publicará en el sitio web del organismo el nombre y la CUIT del beneficiario, así como también la duración de la exclusión, lapso durante el cual los agentes de retención y/o percepción del IVA quedarán exceptuados de realizar dichas operaciones.

El régimen promocional, creado por la Ley 27.506, apunta a promover nuevas tecnologías, generar valor agregado, fomentar el empleo de calidad, facilitar el desarrollo de Pequeñas y Medianas Empresas y aumentar las exportaciones de las empresas que se dediquen a servicios basados en el conocimiento.