El caso por la desaparición y asesinato de Dardo Molina, ex vicegobernador de la provincia, está cerca de la sentencia judicial, 43 años y nueve meses luego de su secuestro. Fue detenido ilegalmente el 15 de diciembre de 1976 de su estudio jurídico, en Congreso al 300. Sus restos óseos fueron identificados en febrero de 2014.
La causa de Molina forma parte de los 335 casos de abordados en la Megacausa 14, por delitos de lesa humanidad ocurridos en Tucumán entre febrero de 1975, durante el Operativo Independencia en democracia, y julio de 1977, ya iniciada la dictadura cívico-militar (1976-1983). Del total, 264 víctimas sufrieron crímenes contra la humanidad entre febrero de 1975 y el 24 de marzo de 1976, es decir, durante el desarrollo del Operativo Independencia.
El proceso de juzgamiento, que había comenzado en diciembre del año pasado, se encuentra en las etapas finales: está previsto que el jueves y el viernes se realicen los alegatos de la defensa. Tras el periodo de réplicas, duplicas y de la posibilidad de que hablen los 25 imputados, llegará el turno de la sentencia, impartida por los jueces Gabriel Casas, Carlos Jiménez Montilla y José Camilo Quiroga Uriburu. Las audiencias se realizan vía videoconfrencia, a raíz de la pandemia de covid-19.
Aparato criminal
En la última audiencia, el fiscal general subrogante Pablo Camuña y el auxiliar fiscal Agustín Chit concluyeron el alegato del Ministerio Público Fiscal con pedidos de penas: solicitaron la imposición de pena de prisión perpetua para 19 de ellos y seis penas mensurables de entre 10 y 25 años de prisión para el resto.
Requirieron que al dictar sentencia, el tribunal declare los crímenes contra las 335 víctimas como crímenes de lesa humanidad. Solicitaron también que se declare “como garantía de no repetición que en la provincia de Tucumán, durante la implementación del Operativo Independencia. No existió guerra, ni conflicto armado interno en los términos del derecho internacional humanitario”.
Los fiscales pidieron la imposición de penas de prisión perpetua para Ernesto Alejandro Repossi, Julio Luis Teodomiro Bidone, Juan Antonio Garibotte, Juan Francisco Nougues Fernando Torres, Luis Orlando Varela, Ramón Alfredo Ojeda Fuentes, Adolfo Ernesto Moore, Alberto Montes De Oca, José Carlos Sowinski, Celso Alberto Barraza, Ernesto Rivero, Félix Insaurralde, Hugo Javier Figueroa, Rolando Reyes Quintana, Guillermo Agustín Ugarte, Miguel Ángel Horlando Chaile, Luis Armando De Cándido, Ángel Custodio Moreno y Ricardo Oscar Sánchez. En tanto, requirieron la condena de Benito Palomo y Carlos Alberto Lafuente a 25 años de prisión; de Hugo Enzo Soto a la pena de 15 años de prisión; de Pedro Osvaldo Caballero, a 11 años de prisión; y de María Luisa Acosta de Barraza a 10 años de prisión, como partícipes de diferentes hechos.
Camuña sostuvo que hubo un plan criminal en Tucumán puesto en marcha desde febrero de 1975, con el Operativo Independencia, que se mantuvo vigente sin cambios durante la dictadura. “No hay diferencia; no puede haber una diferencia ni criminológica ni dogmática, ni típica, entre unos y otros hechos. Es un solo aparato criminal que comienza a implementarse en febrero de 1975 y sigue hasta mediados de 1977, fecha del último de los hechos tratados en este juicio”, sostuvo el fiscal.
La fiscalía sostiene que las víctimas sufrieron vejaciones y torturas en los centros clandestinos de detención Escuelita de Famaillá (primer centro clandestino del país), Motel, Escuela de Educación Física, Reformatorio, Jefatura de Policía y Arsenales.