Los precios máximos de 304 productos básicos, que incluyen alimentos, bebidas y artículos de limpieza, deberán permanecer congelados a los valores del 6 de marzo, al menos hasta el último día del mes que viene. Así lo dispuso el Gobierno nacional, en el marco de las acciones para paliar el impacto económico originado por las medidas para menguar la proliferación de la covid-19.

Además, la Secretaría de Comercio Interior de la Nación intimó a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas para asegurar el transporte y la provisión durante el período de vigencia de la medida.

La prórroga dispuesta alcanza a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados. Están exceptuados las micro, pequeñas y medianas empresas y los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo, que cuenten con salón de ventas.

Los comercios incluidos deben mantener los precios máximos de venta al consumidor final efectivamente informados al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA).

Lo mismo rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento.

En este caso deben mantener los precios vigentes al 6 de marzo último para venta a consumidores, hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas y supermercados mayoristas.

El consumidor puede chequear los precios de los 304 productos en el sitio www.argentina.gob.ar/preciosmaximos (Télam)