La cuarentena obligatoria llegó de súbito, y halló a muchos ciudadanos en provincias distintas de donde residen. La situación generó un problema, porque no todos ellos integraban los grupos exceptuados por el decreto mediante el cual se determinó el aislamiento y, por tanto, no estaban autorizados para circular, lo que implicaba que no podían regresar a sus domicilios. Ahora contarán con cuatro días para hacerlo.
La Nación habilitó un procedimiento mediante el cual, cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires gestionarán las solicitudes para el traslado excepcional a sus hogares de aquellos que estén cumpliendo el aislamiento en un lugar distinto al de su residencia habitual -siempre, dentro del país-. Se deberán trasladar en vehículos particulares.
A partir del martes, cada jurisdicción empezará a confeccionar la nómina de personas, y la eventual autorización para el regreso de estas. Este listado será remitido diariamente a la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.
Las jurisdicciones autorizarán o desestimarán las solicitudes, en atención a la situación epidemiológica y sanitaria particular que atraviesen por la covid-19.
Los Gobiernos provinciales evaluarán también si autorizan que un vehículo se traslade hasta el punto donde está la persona solicitante, para buscarla y que pueda regresar, o si esta deberá exclusivamente contar con un vehículo en el lugar donde esté cumpliendo el aislamiento.
El permiso tendrá una vigencia de 96 horas; y el traslado será realizado por única vez.
Cumplidos estos pasos, la Nación habilitará la emisión del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual”, que cada autoridad provincial deberá remitir a los interesados. Se tratará del único permiso de circulación necesario para trasladarse desde su lugar de origen hasta su lugar de destino.
Se considerará domicilio de residencia habitual de las personas el indicado en su Documento Nacional de Identidad, a excepción de que pudieran acreditar que aquel ha variado mediante documentación fehaciente.
Durante el traslado, se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias y de seguridad, establecidas en el marco de la emergencia de salud vigente.
Ante el requerimiento de la autoridad competente, la persona deberá exhibir la copia digital o impresa del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual”, y la documentación respaldatoria de los datos allí consignados.