Si soñás ser emprendedor o hallar soluciones sustentables a los problemas, o te fascinaría innovar en tecnología (como el Giro Sin Tornillos de Disney), antes de ponerte manos a la obra tenés que hacerte muchas preguntas, pero empecemos por ¿cómo sé si mi idea es novedosa? ¿cómo demuestro que es mía? Y -quizás la más importante- supongamos que es novedosa, es mía y quiero que produzca ganancias, ¿qué tengo que hacer?

Las respuestas son variadas. “En el mejor de los casos se piensa: ‘se me ocurrió una idea, la patento y me hago rico; pero no es fácil... -advierte la abogada Eliana Sarris, especialista en propiedad intelectual (PI)-. La patente es un proceso complejo y requiere una gran inversión”.

También hay buenas noticias. Hay diversas maneras de proteger una creación (lo más sencillo es empezar por establecer tu PI). Y se pueden proteger muchos tipos de creación; como para empezar: invenciones y hallazgos (moléculas, por ejemplo); marcas, diseños, obras de arte, literarias, musicales... Además hay una zona de grises, donde habita el software (ver “La propiedad...).

“Resguardar la propiedad intelectual protege mis logros; además, que otros hayan protegido los suyos permite buscar y saber qué hay ya desarrollado”, señala Sarris, responsable de la oficina de vinculación tecnológica de Conicet Tucumán.

Alberto Ramos Vernieri, especialista en Biotecnología Farmacéutica, lo sabe por experiencia: en noviembre de 2015 su equipo del Laboratorio de Estudios Farmacéuticos y Tecnología Farmacéutica (UNT) ganó el premio muy especial: Nuevas Aventuras Empresariales, de la Universidad Austral en la categoría Idea de Negocio: por primera vez seleccionaban una nacida en el sector científico y que se había materializado en Untech, en ese momento “sólo” un modelo de negocio público-privado, con Conicet y la UNT como socios. Pero antes de eso, tuvo que dejar los tubos de ensayo y ponerse a estudiar lo que nunca había imaginado: procesos y legislación para poder patentar el hallazgo. Untech levantó vuelo y su invento (ajustado varias veces) está en pruebas preclínicas en animales. Entre tanto, el emprendedor Rubén Salim se sumó al equipo y los tres científicos que lo forman gestionaron formación extra, más allá del laboratorio. Pero, sobre todo, profundizaron el concepto de “hacer ciencia” que se había gestando con Untech.

Los caminos de la ciencia

“En Argentina en general la investigación básica y la aplicada van por caminos paralelos”, advierte Ramos Vernieri. “Los investigadores ‘básicos’ no avanzan hacia sondeos aplicables y los que hacen investigación aplicada no tienen datos básicos propios, por lo que el desarrollo suele ser no transferible”, añade, y cuenta que, aunque va cambiando, el sistema argentino de producción de ciencia ocupa el N° 1 en Latinoamérica en cantidad de papers, pero anda por lo bajo de la escala cuando se habla de verdadera transferencia. “El Conicet exige papers. Pero publicar sin proteger antes es lo contrario de transferir”, destaca.

“Para que esto cambie -resalta Sarris- es fundamental considerar, desde la concepción misma de la investigación, normas, regulaciones y buenas prácticas, tanto según el campo tecnológico de los conocimientos como según el mercado en el que podrían insertarse”. “Con frecuencia hay que validar la seguridad de los productos, y para eso las empresas deben partir de resultados científicos y empíricos trazables, para no tener que repetirlos para la habilitación”, agrega. “El caso de los medicamentos (como el que prueba Untech) es el más estricto -destaca Ramos Vernieri-. Lo aprendimos casi a los golpes. No basta la demostración científica; los resultados deben obtenerse en laboratorios certificados, que no teníamos en la UNT”.

Qué se puede proteger

“Los registros de PI otorgan derecho en exclusividad para explotar conocimientos o tecnología durante un tiempo. Y ‘explotar’ incluye usar, fabricar, comercializar...”, aclara Sarris y destaca que la innovación es la clave. “Técnicamente, la novedad se demuestra a partir de lo que, por traducción desde el inglés, se llama ‘estado del arte’”. En otras palabras, sabiendo qué es lo que ya hay... (Ver: “Dónde obtener”)

¿Es posible la novedad absoluta? “Es casi imposible -destaca Sarris-; en general se combinan conocimientos o tecnología disponibles para otras aplicaciones, o con valor agregado... Por ejemplo, soluciones menos tóxicas a un problema, o más sencillas; o combinar moléculas cuya no toxicidad está demostrada para un medicamento mejor; o igual de eficiente pero más económico...”.

“Innovar no es lo mismo en ciencia que en el mercado -advierte Ramos Vernieri-. Por ejemplo, se puede seguir buscando y registrando bacterias lácticas. Pero si sus efectos no son novedosos, costará hallar inversores dispuestos a producir lo que ya hay en el mercado”, advierte.

Y ambos criterios de novedad son necesarios para responder nuestra pregunta clave: la idea es novedosa, es mía y quiero que produzca ganancias, ¿qué tengo que hacer?

Cómo proteger

La primera posibilidad que se nos viene a la cabeza es la patente. Pero -dijimos ya- no es la única y sí es una de las más complicadas. Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, la PI engloba derechos de propiedad industrial (marcas, patentes, diseño industrial, denominaciones de origen) y derechos de autor de obras literarias y artísticas (música, plástica, fotografía, escultura y diseño arquitectónico).

“La PI es del autor y tiene validez en todo el planeta; la patente, en cambio, puede ser de una institución patrocinante. Por ejemplo: un científico que registra una molécula es el dueño de la PI, pero la patente puede estar a nombre de la UNT, o del Conicet. Y también se puede vender a terceros”, explica desde su experiencia Ramos Vernieri.

“Se puede transferir conocimiento en áreas y tecnologías no necesariamente son patentables, pero sí protegibles por otros mecanismos, e incluso no ser protegibles. Desde que estoy a cargo de la Oficina de Vinculación Tecnológica se han formalizado cientos de transferencias por convenios y servicios, que no requirieron registro de propiedad, pero sí la documentación respaldatoria, claro”, describe Sarris.

Y la microbióloga Virginia Albarracín, directora del Centro Integral de Microscopía Electrónica (CIME), de Conicet/UNT, puede dar cuenta de ello. “Desde el CIME no sólo ofrecemos servicios a otros científicos. También hacemos estudio de biopsias (especialmente renales, de piel y de epitelio respiratorio) o de estructuras dentales para desarrollo de prótesis; también caracterización de cálculos renales. Y para el ámbito forense, análisis de indicios de una escena de crimen (cabellos, polen, insectos, fibras, etc.), y determinación de presencia de residuos de disparos de armas de fuego”, cuenta.

“Esto demuestra que los contratantes (públicos o privados) valoran la calidad del conocimiento incluso si no está relacionado con un registro de propiedad intelectual”, agrega Sarris.

Pero lanza una última advertencia: “Las patentes y otros instrumentos sí son valiosos y necesarios para potenciar internacionalmente una PyME, o para lograr la inversión de una empresa que requiere fijar una estrategia internacional de valorización de sus inversiones en I+D (innovación y desarrollo”.

La propiedad del software: cómo se construye y qué se puede proteger

“Dicho muy simplificadamente, el software es el conjunto de instrucciones que hacen que una computadora haga lo que necesito”. Así arranca su explicación Hugo Terán, propietario de Infomanager, empresa tucumana desarrolladora y exportadora de software que facilita la operatoria diaria de empresas. Como todo, y a partir de las capacidades y las habilidades necesarias de quien lo crea, el software nace de una idea.
“Pero las ideas no se pueden registrar -añade-. Lo que construimos y podemos registrar es un código fuente: es decir, el conjunto de los pasos (escritos uno por uno, cada uno en una línea) que debe seguir la computadora. Pasos que se ramifican cuando las tareas se van haciendo más complejas... Y esa es una de las razones que complican el registro: el software suele estar en continua modificación”. Entonces -añade- hay formas particulares de protección. Una de ellas es entregar al cliente una versión encriptada de estas instrucciones; se conoce como versión compilada o ejecutable, y protege el código fuente de la aplicación.
“Eso se complementa con la generación de claves, a las que sólo tiene acceso el usuario final”, resalta. De todas formas, incluso para el software la PI permite tener registros que sirvan como prueba fehaciente de autoría ante terceros que pueden reclamar infracción. “Dado lo que comentamos sobre su constante evolución, no es mala idea renovar de tanto en tanto el registro de PI”, agrega Terán.

Vender servicios: otra vía para la transferencia: la cooperación ciencia pública-empresa puede ser un muy buen negocio para ambos

Virginia Albarracín.

“El sistema científico público puede ofrecer al ‘ecosistema emprendedor’ equipos de alta complejidad y de elevado costo, por ejemplo, para evaluar calidad de productos”, describe la microbióloga Virginia Albarracín, directora del CIME. “Y no hay que imaginar transferencias sólo de ‘ciencias duras’ -resalta-. De hecho, las Unidades Ejecutoras del Conicet hacen transferencia de servicios tecnológicos de alto nivel en asesorías o convenios específicos. El Instituto de Investigaciones sobre el Lenguaje y la Cultura (Invelec) tiene programas muy buenos con el Ministerio de Educación de la Provincia, y en el Instituto Superior de Estudios Sociales preparan, por ejemplo, todas las líneas de tiempo que se usan en los museos... Hay mucho para ofrecer”. “Y en ‘ciencias duras’, se logra una relación de crecimiento muto: por ejemplo, investigadores desarrollan métodos de estudio y la empresa arma el equipo para que se pueda automatizar el experimento. En la siguiente etapa, el laboratorio obtiene el aparato de la empresa sin costo, lo prueba y valida el equipo. Tercera etapa: la empresa gana miles de dólares vendiendo estos equipos con innovación y validados... Se retroalimentan y todos felices”, sintetiza con humor.

Qué trámites, y dónde...

- La patente tiene validez por un tiempo determinado y debe obtenerse en cada país en el que se pretenda comercializar el resultado de la innovación.

- La patentabilidad depende de que la invención sea novedosa a nivel mundial.

- La marca es el nombre del producto; así lo reconocen potenciales clientes. Su registro impide que otros vendan un producto parecido con la misma denominación. Dura 10 años y puede ser renovada indefinidamente por igual plazo

-  En el Instituto Nacional de la Propiedad Intelectual (http://www.inpi.gob.ar), los trámites vinculados a PI

- El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechodeautor), los trámites vinculados al derecho de autor