BUENOS AIRES.- La Justicia absolvió a Carlos Menem de la condena a siete años de prisión por la venta ilegal de armas a Ecuador y a Croacia. Así lo determinó la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, integrada por los jueces Liliana Catucci, Carlos Mahiques y Eduardo Riggi. Los jueces consideraron en su fallo que no se cumplió un "plazo razonable" para que quede firme la condena.

El ex presidente había sido condenado en junio de 2013 por el Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3, por ser coautor del delito de contrabando agravado, señala TN. Cuatro años después, en 2017, la Sala I de Casación, integrada por Juan Carlos Gemignani, Ana María Figueroa y Angela Ledesma, confirmó la pena al ex mandatario y el resto de los condenados.

Pero hoy la sala del tribunal de alzada estableció que no se cumplió el "principio del plazo razonable" para arribar a una condena firme y determinar si Menem y otros 10 imputados son culpables o inocentes por el contrabando de 6.500 toneladas de armas.

Contra el fallo de Casación, la defensa del ex mandatario interpuso un recurso ante la Corte Suprema de Justicia que consideró que no se había cumplido con el doble conforme exigido por la Convención Americana de Derechos Humanos conocida como Pacto de San José de Costa Rica. El Máximo Tribunal revocó la sentencia y ordenó que vuelva a Casación por entender que no se había cumplido con el doble conforme. Esta es una garantía que tiene el imputado para que ante un eventual fallo condenatorio esa sentencia sea revisada.

Revisión

En el caso de Menem había sido absuelto por un tribunal oral y luego condenado por la Cámara de Casación, fallo que no había sido revisado ampliamente tal como lo establece la Convención Americana de Derechos Humanos, tratado que tiene jerarquía constitucional. Es por ese motivo que la Corte resolvió que la causa volviera a la Casación para su revisión. En ese momento, ordenó revisar fallo condenatorio "en el menor término posible"dada la "trascendencia institucional de esta causa" y su prolongado trámite procesal.

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Como Menem es funcionario desde 1995, hasta la fecha no se puede aplicar la prescripción de la causa por el vencimiento del derecho del Estado a perseguirlo judicialmente. Cuando hay un funcionario en una causa no se puede aplicar la prescripción, explica Infobae. Entonces, la Cámara aplicaría este concepto de jurisprudencia que no está en ninguna ley. Los jueces seguramente aludirían a alguna convención internacional.

Detalles del caso

La causa por el tráfico de armas se inició en 1995. Durante su primer mandato, Menem firmó tres decretos presidenciales secretos -entre 1991 y 1994– para vendarle armas a Panamá y Venezuela. Fueron 6.500 kilos de armamento que en realidad tuvo como destino final Croacia y Ecuador, dos países sobre los que regía un embargo de venta de armas por parte de la Organización de Naciones Unidas (ONU) porque estaban en conflicto bélico.

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En 2008 comenzó el juicio y tres años después Menem y otros 17 acusados, entre ellos su cuñado y asesor Emir Yoma y el ex ministro de Defensa Oscar Camilión, fueron absueltos por el Tribunal Oral en lo Penal Económico 3. Pero en marzo de 2013 la Cámara de Casación revocó esa decisión y condenó a 11 personas por el delito de contrabando agravado.

En junio de 2013 Menem fue condenado a siete años de cárcel, a 14 de inhabilitación para ejercer cargos públicos, a tres años para ejercer el comercio y a perpetua para ser miembro de fuerzas de seguridad.

Otra condena

A los 88 años y con sus fueros indemnes como senador, el ex jefe de Estado mantiene otra condena que sigue sin estar firme por el pago de sobresueldos, y dos juicios orales en proceso, uno por el encubrimiento en la causa AMIA y otro por la venta del predio de la Sociedad Rural Argentina.

Además, ayer, la Cámara Federal ordenó profundizar una investigación en su contra por enriquecimiento ilícito, que salpica también penalmente a su ex esposa, la conductora chilena Cecilia Bolocco, a su amigo Armando Gostanian y al padre de Leonardo Fariña, entre otros.