El gobernador, Juan Manzur, dictó un instrumento en busca de responder al reclamo planteado por el Colegio de Farmacéuticos, tras la suba impositiva aprobada en diciembre pasado. A través del decreto 721/3 (ME), se estableció para el período fiscal 2018 una alícuota diferencial del 2,5% en el impuesto sobre los Ingresos Brutos para la venta de productos farmacéuticos, tanto al por mayor como al por menor (en 2017 habían sido llevadas al 3,5%). Para gozar de este régimen, las farmacias deberán cumplir con todas sus obligaciones respecto de Ingresos Brutos y con “los deberes formales impuestos” por la Dirección General de Rentas sobre esta carga. El decreto quedará firme de manera ficta, ya que no será tratado por la Cámara.