Con una resolución de una foja y media, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán tiró abajo la pretensión del Poder Ejecutivo de sacar al juez Rodolfo Novillo del juicio que inició el legislador Eudoro Aráoz (UCR) para acceder a información detallada sobre el uso de $ 615,6 millones en concepto de gastos sociales legislativos. Los vocales Antonio Gandur (presidente), René Goane y Claudia Sbdar se limitaron a reivindicar la norma procesal que declara irrevisable (no pasible de recursos) a la decisión sobre la recusación.

La resolución de Gandur, Goane y Sbdar confirmó así una sentencia de agosto de 2016 de los magistrados Carlos Giovanniello, Horacio Castellanos y Sergio Gandur que había rechazado la impugnación a Novillo. En esencia, los poderes Ejecutivo y Legislativo dijeron que el vocal de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo debía apartarse porque su hija Alejandrina Novillo asesora a la senadora Silvia Elías de Pérez (UCR), quien en los comicios de 2015 había encabezado la lista que integraba Aráoz. Giovanniello y Gandur acogieron el argumento de Novillo, quien manifestó que sólo le correspondía excusarse en los juicios promovidos por Elías de Pérez. Castellanos por su parte invocó una cuestión formal (que el proceso de amparo no autoriza recusaciones) para dar la espalda a la pretensión.

Contra el rechazo de la recusación el Estado había interpuesto un recurso de queja ante la Corte. Más adelante, Giovanniello y Castellanos concedieron un recurso de casación relativo al rechazo del planteo de inconstitucionalidad incoado contra el artículo 22 del Código Procesal Civil y Comercial de Tucumán que veda la revisión de las sentencias de recusación. Como consecuencia de ese último cuestionamiento, el expediente entero había subido a la Corte Suprema, lo que implicaba que el desarrollo del juicio estaba frenado en cuanto al asunto de fondo: el acceso a la información sobre los supuestos gastos sociales.

El 9 de marzo, la Corte desestimó la queja. Pero el contenido de la sentencia habría anticipado el resultado de la casación en la medida en que el núcleo de ese recurso de la Provincia es la supuesta inconstitucionalidad del artículo 22. Gandur, Goane y Sbdar manifestaron que la norma era contundente, y que sólo podía ser atendido el reproche de gravedad institucional, argumento que este supuesto no había sido constatado.

24 horas después

La queja ingresó a la Corte en noviembre, pero el trámite se alargó porque el 27 de diciembre Gandur se excusó alegando que su hijo (Sergio Gandur) había votado en la sentencia recurrida. La inhibición de Gandur padre giró durante más de un mes hábil por las diferentes vocalías y terminó con un fallo dividido: Sbdar acogió la excusación de su par mientras que Goane, Antonio Estofán y Daniel Posse la rechazaron. La mayoría dijo que la queja no se dirigía contra la resolución del 31 de agosto de 2016 invocada por el presidente de la Corte para fundar su excusación sino contra la sentencia del 24 de octubre de 2016 que denegó el recurso de casación interpuesto contra aquella, y que sólo había sido firmada por Giovanniello y Castellanos. Sbdar disintió con sus compañeros y añadió que Gandur venía excusándose en todas las causas de su hijo desde que este había asumido como vocal de la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo (2012), y que la Corte, sin excepción, había hecho lugar a la inhibición. Como quiera que sea, al día siguiente de aquella resolución, la Corte frustró la estrategia de recusación que los poderes Ejecutivo y Legislativo vienen desplegando en los casos de los gastos sociales: palabras más, palabras menos, dijo que la ley era clara y que había que cumplirla.