Los laboratorios que quieran discontinuar la elaboración o importación de un medicamento, haya o no uno similar en el mercado, deberán notificar esa decisión seis meses antes de hacerla efectiva ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat). Además deberán garantizar su provisión durante este lapso. Así se indica en una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial.
El objetivo de la iniciativa es que el Estado cuente con la información para adoptar las medidas pertinentes a fin de asegurar la disponibilidad y la accesibilidad a medicamentos con vigencia terapéutica.
La disposición está fechada el 24 de febrero y se aplica desde ayer. Establece: “los titulares de certificados inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) que revistan carácter de comercializados deberán notificar a esta Administración Nacional las circunstancias o hechos bajo su conocimiento que podrían poner en riesgo el suministro de los productos y provocar su discontinuidad temporal o definitiva”.
La Anmat también podrá hacer pública la situación e instar a otros laboratorios públicos o privados que puedan estar interesados en solicitar una autorización de comercialización de ese medicamento. Y hasta que se apruebe la comercialización del nuevo producto, el laboratorio deberá seguir garantizando la provisión del medicamento.