Los funcionarios del Poder Ejecutivo deberán someterse a controles para que se determine si consumen drogas ilegales. Así lo estableció el propio PE a través del decreto N° 2.713/1 firmado por el gobernador, Juan Manzur. Mediante su publicación en el Boletín Oficial, entró en vigencia ayer la ley N° 8.850, que dispone la realización de exámenes antidrogas para los funcionarios jerárquicos de los tres poderes del Estado.

En sus considerandos, el decreto señala: “el citado instrumento legal establece como requisito de permanencia en los niveles políticos y/o jerárquicos de la función pública, el carecer de adicciones a drogas ilegales (artículo 1° de la ley 8.850). Que, por su parte, el artículo 2° de la citada ley consigna los funcionarios alcanzados por el requisito y precisa que cada uno de los poderes del Estado designará al responsable de la aplicación de la misma”.

Si bien en el articulado del decreto reglamentario no se lo menciona taxativamente, define claramente que alcanza a los funcionarios y a los rangos que menciona el artículo 2 de la ley aprobada por la Cámara. Ese artículo reza: “la presente ley comprende: al Poder Ejecutivo, hasta el rango de Subsecretario y Comisionado Comunal; al Poder Legislativo, hasta el rango de Prosecretario; a los Gobiernos Municipales, hasta el rango de Subsecretario o Director; a los Concejos Deliberantes, hasta el nivel de Prosecretario; a los organismos autárquicos, centralizados y descentralizados hasta el nivel de Gerente, Secretario Administrativo, Director o equivalente, según corresponda; al Poder Judicial, incluyendo los Magistrados en todos sus niveles, Funcionarios Constitucionales, de ley y Jueces de Paz; al Personal Policial, en todas sus jerarquías”.

Por ende, el Ejecutivo deberá someter a los controles, además de a sus funcionarios, a todos los integrantes de la fuerza policial.

Por otra parte, el resto de los poderes del Estado deberá establecer cómo aplicará la ley y cuál será la autoridad encargada de hacerlo.

En el caso del PE, el decreto establece que será la Secretaría General de la Gobernación la autoridad de aplicación, que está a cargo de Pablo Yedlin.

La entrada en vigencia de esta ley, que fue promulgada en marzo, coincide con el escándalo que se desató en la Legislatura esta semana: un empleado de un parlamentario fue detenido y está acusado de integrar una banda narco. Se trata del dirigente Julio César Trayan, que se desempeñaba bajo la órbita del peronista Ramón Santiago Cano (lo había sumado como adscripto desde la Municipalidad de San Miguel de Tucumán). El sospechoso es sindicado como presunto participante en una banda “narco”.

De hecho, el día antes de la publicación del decreto, un grupo de legisladores radicales había exigido por nota a la Casa de Gobierno que reglamente la ley, en vista de los últimos escándalos que vinculan a presuntos “narcos” con dirigentes políticos.

Dudas

Respecto del decreto N° 2.713/1 surgieron algunas dudas sobre la aplicación de la ley 8.850 en los otros dos poderes del Estado. Desde la Legislatura entienden que el Ejecutivo no reglamentó la norma, como se pedía en el articulado de la propia ley. Sin embargo, en la Casa de Gobierno explican que la reglamentación es la que dictaron a través del decreto publicado ayer y que no pueden “ordenar” a otro poder cómo aplicarla.

La reglamentación del Ejecutivo indica que se creará un registro con el listado de los funcionarios que deberán realizarse los exámenes y que deberá ser el Siprosa el organismo encargado de realizar los análisis. En caso de que alguna prueba resultara positiva, la autoridad pertinente de cada poder del Estado deberá separar del cargo al funcionario y darle la opción de que se someta a un tratamiento de recuperación. Trascendió que la Legislatura haría pública en las próximas horas una norma interna que ordenará cómo se aplicará esta ley en la Cámara.