BUENOS AIRES.- La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Liliana Heiland suspendió ayer el decreto firmado por la presidenta Cristina Fernández mediante el que dispuso devolver a todas las provincias el 15% de los impuestos coparticipables.
La magistrada hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la Mesa Nacional de Jubilados Pensionados y Retirados de la República, y le ordenó al Gobierno que “suspenda la ejecución del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 2635/15”. Ese decreto fue firmado el 1º de diciembre pasado por la presidenta para extender a todas las provincias de la Argentina los alcances de un fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia el 24 de noviembre, y en donde se hacía lugar al reclamo de Santa Fe, San Luis y Córdoba para la devolución de esos fondos que le retenía el Estado Nacional.
Precisamente ayer, la Corte también rechazó hacer lugar a un reclamo de la provincia de Formosa para obtener los beneficios de ese fallo de manera automática, al sostener que cada provincia tuvo diverso comportamiento frente a la prórroga unilateral que dispuso el Estado Nacional y había que analizar caso por caso. No obstante, los deseos de la provincia de Formosa parecieron concretarse a través del DNU que firmó la presidenta cuando dispuso el fin del descuento del 15% de la masa de recursos coparticipables a las provincias que buscaban financiar a la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses).
A través de ese decreto, Cristina Fernández obligaba a un desembolso millonario al Gobierno de Mauricio Macri en favor de los gobernadores. Ayer, a instancias del kirchnerismo y sin intervención de la oposición, la comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo emitió un dictamen favorable sobre la validez del DNU que había firmado la jefa de Estado saliente, un texto que deberá ser aprobado en los recintos de Senado y Diputados. Pero un rato después, desde tribunales, la jueza Heiland suspendió los alcances del polémico decreto, al hacer lugar a la medida cautelar.
Los jubilados que plantearon el recurso aseguraron que el decreto podría desfinanciar el sistema previsional y afectar “la movilidad jubilatoria, la asignación universal por hijo y las asignaciones familiares”. La jueza hizo lugar al señalar que “el DNU cuestionado no explica las únicas y excepcionales circunstancias que autorizan su especialísimo dictado”.
También advirtió que el contenido del DNU “contrasta con lo prescripto” por los artículos 75 (atribuciones del Congreso), 99 (atribuciones del Ejecutivo) y 109 de la Constitución Nacional (“en ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas”). (DyN)