El tiempo, ya se ha dicho aquí, está a favor de los crímenes perfectos. Un ejemplo paradigmático es el de Jano, la deidad romana representada con dos rostros y, como consecuencia, considerada gratuitamente como la representación misma de la falsedad. Todo un hipócrita, en la concepción de Albert Camus.

El mito edifica lo contrario. Pretende que cuando Saturno fue expulsado por su propio hijo, Júpiter (un tal Zeus para los griegos), encontró cobijo donde Jano. En retribución, el destronado padre de los dioses convirtió en dios al que le dio asilo, y le dio un atributo glorioso: ver, simultáneamente, el pasado y el futuro. En otras palabras, ser sabio para decidir y justo para gobernar. A ese don, el de mirar a un mismo tiempo lo que ha sido y lo que será, se deba acaso que Jano, señor de los inicios y los finales (a él se consagra el primer mes: ianuarius, january, janeiro, enero), haya sido caracterizado como un dios bifronte.

A Jano y su mito también le adeuda Tucumán (este que transita políticamente el final de una gestión y el inicio de otra) una nueva concepción del descaro. Si los mortales, que por naturaleza no pueden avizorar el porvenir, tampoco han aprendido nada de la historia reciente (y por tanto no logran reconocerla, considerarla, verla), entonces no tienen ningún rostro posible. Para los que no han sido justos para gobernar ni sabios para decidir, el descaro no es una opción. Por el contrario, es la única realidad posible.

Angustiante Jano

Después de 12 años como gobernador, durante los cuales prometió infructuosamente que construiría los diques Potrero de las Tablas, primero, y Potrero del Clavillo, después, José Alperovich dijo el domingo pasado, en este diario que, si resulta electo senador, impulsará “la construcción del embalse Potrero de las Tablas y El Clavillo para aumentar la producción de agua potable y la producción de energía”.

Aunque se trate de un doble descaro (desde hace 10 años, la esposa del mandatario viene siendo diputada, luego senadora y, en medio, presidenta provisional de la Cámara Alta), lo que evidencia la promesa del aún gobernador es que el alperovichismo no aprendió de federalismo. Ni aprenderá. Si alguna vez esas obras se concretan, los tucumanos no van a debérsela a nadie, porque en realidad la Nación les debe esos emprendimientos (entre muchos) a los tucumanos.

Sin embargo, durante la década desaprovechada, Tucumán ha orbitado como Saturno en el sistema de Estados argentinos: sólo ha conocido el destierro de su antiguo lugar entre las provincias más importantes. Su presente destronado tiene una triste proyección. Daniel Scioli, el presidenciable para quien Alperovich pide el voto, ha presentado su programa para invertir hasta 2019 -si es electo- 500.000 millones de pesos en obras públicas. Para el NOA prevé 160.000 millones de pesos. De ese monto, 30.000 millones de pesos le corresponderán a Salta y 20.000 millones de pesos a Catamarca. Para Tucumán sólo están pautados 11.000 millones de pesos.

El mismo Scioli, cuando habla de su eventual gabinete nacional, ya ha anticipado (de las pocas confirmaciones que brindó) que si gana hará ministros a dos gobernadores: Maurice Closs (Misiones - NEA) y Sergio Urribarri (Entre Ríos – Centro). Por el NOA, quien suena (aunque él lo descarta) es el salteño Juan Manuel Urtubey. Ya son demasiados nombres desde Buenos Aires hacia arriba...

Tucumán, en el año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata, en el cumpleaños 200 de la patria, ¿no va a tener un representante en el Gobierno de este país, que es este país gracias a las gestas tucumanas?

No hay cara para mirar nuestro pasado.

Maldito Jano

La Ley Orgánica de Tribunales (6.238) tiene 176 artículos en su texto consolidado y la palabra “prórroga” no aparece ni una sola vez. De hecho, aparece su antónimo en una única oportunidad: el artículo 138 menciona un plazo “improrrogable” para solicitar los listados que elabora la Comisión Clasificadora encargada de destruir expedientes y demás documentación judicial.

El artículo 11 de esa norma establece que “La Corte Suprema de Justicia estará integrada por cinco Vocales, que elegirán cada dos años de entre sus miembros, un Presidente y un Vocal Decano”.

Más arriba, la Constitución tucumana dedica su Sección V al Poder Judicial y en su Capítulo Primero, “De su naturaleza y duración”, consigna que “Los Tribunales colegiados elegirán de su seno sus respectivos presidentes, que durarán dos años en sus funciones y serán reelegibles” (artículo 111). “Prórroga” no aparece ni ahí ni en ninguna parte de la Carta Magna.

Es decir, la posibilidad de que los mandatos de las autoridades de la Corte Suprema de Justicia de la provincia puedan ser prorrogados no está prevista en la legislación que vertebra a la conducción de ese poder del Estado. Es cierto: no está prohibida. Pero por alguna razón, quienes hacen las normas no previeron la posibilidad de que los miembros de la cúpula judicial se vieran impedidos de elegir un presidente. Sí está previsto que los poderes políticos se queden sin conducción: no hay extensión de mandatos, pero sí régimen de acefalías. Pero a nadie se le ocurrió, en la historia del derecho provincial, que los miembros de la Corte no podrían elegir, de entre cinco, a uno.

Sin embargo, el superior tribunal ha prorrogado los mandatos de su conducción. Y no porque una catástrofe natural afectara Tucumán, ni porque una crisis institucional impidiera materialmente la elección, sino por tres razones a prueba de cualquier creación mitológica. La primera: las desmedidas ambiciones de cuatro de los cinco miembros por presidir el alto tribunal. La segunda: las desembozadas ganas de los cinco vocales de que alguno de los otros cuatro no sea presidente de la Corte. La tercera: el Mundial de Rugby que se disputa en Inglaterra.

René Goane avala a Antonio Estofán para la presidencia, pero falta un tercer voto para que haya consagración. Daniel Posse y Claudia Sbdar proponen un mecanismo rotatorio de conducción del alto tribunal, que presenta una virtud y dos problemas. Si bien su puesta en marcha establecerá criterios de neutralidad y alternancia, ese sistema no está previsto en la legislación, que manda a los magistrados supremos a “elegir” y no a “rotar”. El segundo inconveniente consiste en que, aparentemente, no logran reunir el tercer voto indispensable porque no hay acuerdo en torno de quién debe inaugurar la rotación. Ni en quién le seguirá después… En este contexto, Antonio Gandur, el dueño del tercer voto para una u otra opción (o para una tercera alternativa que aún no se vislumbra) se fue a Gran Bretaña.

Ni siquiera Jano tiene un rostro adecuado para un presente en el que las leyes hablan de república y los encargados de la interpretación de las leyes responden con un scrum.

Avergonzado Jano

Cuando la sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró nulos los comicios del 23 de agosto (urnas quemadas, embarazadas, vaciadas y refajadas; bolsoneos, acarreos y tiroteos; y cámaras de seguridad decorativas y Junta Electoral Provincial que no actúa si no hay denuncias), todo fue celeridad.

El fallo fue dictado el 16 de septiembre. La apelación del Gobierno operó dos días después. Y la sentencia de la Corte Suprema que validó las elecciones (porque el clientelismo no prueba la compra de votos, sino que sería más bien filantropía electoral inspirada en la justicia social) es del 20 de septiembre. Para imprimir tamaña velocidad en uno de los expedientes más importantes de la historia de esta provincia, el Ministerio Público debió pronunciarse también en tiempo récord. Cuatro horas habría sido el plazo que le dio la Corte para emitir su dictamen no vinculante.

El 25 de septiembre, el Acuerdo por el Bicentenario interpuso ante el superior tribunal tucumano el recurso extraordinario federal para que se remita el expediente a la Corte de la Nación. El Ministerio Público, que representa los intereses de la sociedad, aconsejó no girar a la órbita federal el fallo que convalidó los comicios provinciales… recién el 14 de octubre. No se sabe por qué se tomaron tanto tiempo (aunque no es difícil intuirlo), pero sí se sabe que no ocuparon los 19 días para escribir el dictamen: tiene sólo dos fojas.

Jano, en una estatua, tiene en una mano el número 300 y en la otra el 65: él controlaba el paso del tiempo. Aquí, usaría las manos para taparse las caras…

Pobre Jano

Durante esta semana, la Cámara Tucumana de la Construcción se quejó ante el gobierno nacional y el local porque las pequeñas y medianas empresas provinciales de ese rubro no tienen participación en las licitaciones de las grandes obras de infraestructura destinadas a Tucumán.

El martes 7 de abril de 2009, Alperovich promulgó la Ley 8.175, mediante la cual la Legislatura derogó la obligación que tenía el Poder Ejecutivo de garantizar la mayor difusión posible, a través de los principales medios masivos de comunicación tucumanos, de las licitaciones públicas para (qué casualidad) la construcción de obras públicas.

En ese mismo abril, consultado acerca de esa misma ley, el sector empresario, lejos de reclamar garantías de transparencia en la adjudicación de obras, dio un aval explícito a la medida oficial. Es más, argumentó –en absoluta concordancia con la Casa de Gobierno- que la falta de publicidad de las licitaciones representaría “un ahorro” para el Estado.

A Jano le faltarían bocas para reírse tanto...

Tampoco le alcanzarían los ojos para llorarnos lo suficiente.