La prescripción de la causa que se tramitó contra Rodolfo Reinaldo Domínguez fue ratificada hoy por los jueces María Elisa Molina, Alfonso Zóttoli y Carlos Caramuti. Luego de un cuarto intermedio de más de cuatro horas, los magistrados aprobaron el pedido del abogado del ex comisario, Alvaro Zelarayán, en el juicio por el homicidio del juez de Menores Héctor Agustín Aráoz, sucedido en 2004.

Zelarayán había planteado esta mañana ante los jueces la prescripción del delito de encubrimiento. Para solicitarlo, el letrado se basó en los seis años que establece el Código Penal como condena máxima para el encubrimiento agravado. 

El letrado sostuvo que ya había pasado ese tiempo desde la comisión del delito, que fue en 2004 hasta la fecha. Por su parte, el fiscal de Cámara que actúa en esta instancia, Carlos Sale,  se había opuesto al pedido argumentando que la causa no está prescripta porque fue interrumpida por la citación al juicio oral y por la sentencia de la corte en diciembre de 2013.

Ante esto, el tribunal ingresó a deliberar si aprobaban o rechazan el pedido, que finalmente dieron por válido. Mañana será el turno para Ema Hortensia Gómez, acusada de ser la responsable por el homicidio agravado del juez Aráoz.



Juicio

En 2011 se realizó el juicio oral y los jueces Pedro Roldán Vázquez, Carlos Norry y Emilio Páez de la Torre, determinaron que el ex policía Alejandro Darío Pérez y Gómez mataron a Aráoz, pero calificaron al homicidio como simple y los condenaron a 18 y 13 años de prisión, respectivamente. También condenaron a Andrés Enrique Fabersani a cinco años de prisión por encubrimiento, y absolvieron a Domínguez y al policía Rubén Orlando Albornoz. 

Pero la Corte Suprema de Justicia revocó parcialmente ese fallo, y determinó que Pérez y Gómez son responsables de homicidio agravado por ensañamiento, y que Domínguez debe ser condenado por encubrimiento. El máximo tribunal mantuvo la condena a Fabersani (quien este año comenzó a gozar de salidas transitorias al cumplirse la mitad de la pena) y la absolución a Albornoz. 

El homicidio ocurrió en noviembre de 2004 en la casa de Aráoz, en avenida Aconquija 2.950 de Yerba Buena. 

La "audiencia de visus" de hoy servirá para fijar las penas, según la resolución de la Corte Suprema de Justicia. En el caso de Gómez, la única pena posible que determina el Código Penal para el homicidio agravado es el de prisión perpetua. Domínguez, por su parte, puede sufrir una pena de entre uno y seis años de prisión. 

El defensor de Domínguez, Alvaro Zelarrayan pidió al inicio de la audiencia que al ex comisario de la Banda del Río Salí se le imponga una probation para evitar una condena: ofreció pintar una escuela de alta montaña y donar 10 mil pesos para ese establecimiento. Luego de deliberar, el tribunal desestimó el recurso implementado por al defensa. 

Por el lado de Gómez, asistida por la defensora oficial María Marta Contreras Cuenca, no hubo declaraciones. 

Prófugo 

En el caso de Pérez, el otro condenado, pesa sobre él una orden de captura internacional ya que se encuentra prófugo. En Tucumán no existe el juicio en ausencia del imputado, por lo que en caso de que la Policía lo encuentre, tendrá que realizarse una audiencia exclusiva para él. Al igual que Gómez, sólo podría recibir una pena a prisión perpetua.