El fiscal Federal de Tucumán, Pablo Camuña, apeló la falta de mérito dictada por el juez federal N° 2, Fernando Poviña, contra los dueños de una cortada de ladrillos ubicada a unos 200 metros del Kilómetro 9 de la ruta provincial 305, en Las Talitas.
Los propietarios de esta cortada estaban acusados del delito de trata de personas con fines de explotación laboral y en un allanamiento realizado a principios de junio pasado se había verificado, según Camuña, que al menos había 31 obreros que estaban en condiciones de esclavitud laboral.
Pruebas poco valoradas
En su presentación, el fiscal federal Camuña cuestionó las valoraciones realizadas por el magistrado Poviña en su resolución que se conoció públicamente a fines del mes pasado. “El principal (planteo) es que esa resolución no tiene relación con la cuantiosa prueba producida en la investigación concreta por la ladrillera. La prueba se considera de manera superficial y parcializada quitándole su verdadero valor. Particularmente a las declaraciones de las propias víctimas”, sostuvo el fiscal.
En este sentido, el funcionario de la Justicia Federal se refirió a la condición en la que estos operarios debían realizar sus tareas. “La enorme vulnerabilidad en la que se encontraban los trabajadores de la cortada fueron acreditadas una por una en la causa, como también se probó el aprovechamiento de esa situación por parte de los imputados. Incluso se pudo conocer que niños de tres y cuatro años fueron detectados en situación de trabajo y que una niña de 15 años trabajaba para los imputados más de 36 horas por semana”, remarcó Camuña.
En esta investigación federal los acusados por explotación laboral eran Néstor Héctor Daghero, Cristian Esteban Daghero y Héctor Adrián Daghero, propietarios de la cortada de ladrillos.
De acuerdo con la investigación que llevó a cabo el fiscal se comprobaron varios ilícitos. Según Camuña, en la cortada había una precariedad laboral total. Los obreros desempeñaban jornadas extenuantes de trabajo incluso con riesgos a su cargo, falta de cobertura de salud y en condiciones misérrimas de vida en el propio espacio de trabajo. Pero además de esto los obreros eran inducidos por los explotadores a un endeudamiento continuó para -de esa manera- controlarle los ingresos de dinero que obtenían por el trabajo que realizaban. En el allanamiento realizado en junio, algunos de los obreros le dijeron a la prensa que le pagaban a los Daghero por el terreno en el que vivían dentro de la cortada. Y en ese lugar la Justicia comprobó que ni siquiera tenían suministro de luz y agua.
Discrepancia jurídica
En resolución firmada por Poviña se sostiene que “no existen méritos suficientes para ordenar el procesamiento” de los acusados. Pero en un pasaje de la apelación realizada por Camuña se plantea que hubo una “arbitraria valoración de los elementos probatorios incorporados a la causa”.
En este sentido, Camuña planteó que durante la instrucción de la causa hubo medidas judiciales que comprobaron la responsabilidad penal de los acusados. Una de estas pruebas surgieron luego de analizar documentación que había sido secuestrada de un inmueble, ubicado en avenida Juan B. Justo al 1.500, al que concurre habitualmente Néstor Héctor Daghero.
Según el fiscal, esa documentación comprobaría las irregularidades en las que incurría el acusado en toda su actividad comercial, la situación de dependencia a la que somete a las personas que se vinculan con él y, además, echaría por tierra la versión de que los acusados trabajaban por separado. La suposición de que los Daghero no trabajaban juntos había sido planteada por sus defensores.
Este planteo deberá ser resuelto por los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán y podría definir el futuro procesal de la familia Daghero.