“La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dio un apoyo contundente al mecanismo del ‘doble conforme’ en las sentencias que emitió la semana pasada en el caso ‘Chabán’ (dilucida la responsabilidad penal en la tragedia de la discoteca República de Cromagnon)”. Así se expidieron Antonio Gandur y Claudia Sbdar, respectivos presidente y vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) en una declaración conjunta.
El mecanismo en cuestión garantiza la revisión amplia de la sentencia de condena que revoca una absolución. Tal criterio fue establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de 2012 correspondiente a la causa “Mohamed versus Argentina”, y consta en el fallo que emitió la CSJT en “Verón” con los votos de Gandur, Sbdar y Antonio Estofán.
Tras condenar a 10 de los 13 acusados que habían sido absueltos por la Cámara Penal, este pronunciamiento dispuso reenviar la causa a aquel estrado para que, con otra integración, emita un fallo “integratorio” sobre la graduación de la pena, la modalidad de ejecución y la existencia o no de responsabilidad civil. Dicho trámite (desarrollado en el voto de Sbdar) fue cumplido en abril por los camaristas Dante Ibáñez, Juana Juárez y Emilio Páez de la Torre, pero este último se declaró en disidencia por considerar que el procedimiento del “doble conforme” no estaba previsto en la legislación procesal y que fijar una pena sin haber asistido al juicio oral le resultaba moralmente imposible. La revisión amplia de “Verón” aún no ha concluido, puesto que la CSJT (compuesta por el vocal René Goane, y los camaristas Alicia Freidenberg y Alfonso Zóttoli) ha de expedirse sobre los recursos de casación que presentaron los defensores.