La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral rechazó el recurso presentados por Tucumán sobre la posibilidad de que la aplicación del convenio multilateral pudiera provocar doble o múltiple imposición tributaria.

A través de la Resolución 8/2012, que se publicó hoy en el Boletín Oficial, se señaló: "los regímenes de retención y percepción de las diversas jurisdicciones no resultan homogéneos ni compatibles en aspectos sustanciales, lo que provoca razonables dudas en los sujetos obligados a actuar como agentes de retención y percepción".

Además, se indicó, de acuerdo a la agencia Diarios y Noticias Argentinas, que el Gobierno tucumano no objetó nada sobre las normas referidas a los regímenes de recaudación (retenciones y percepciones) y aplicó lo normado por la Comisión Arbitral, es decir, hizo propia las normas emitidas por la Comisión. "Ahora no puede apartarse, puesto que de hacerlo iría contra sus propios actos, vulnerando uno de los principios generales del derecho", especificó la resolución.

Finalmente,  la Comisión aseveró: "Tucumán, al adherir al sistema de coparticipación Federal de Impuestos y al Régimen de Convenio Multilateral, deberá adecuar sus normas a las pautas dictadas por sus Organismos de Aplicación, ya que éstas tienen preeminencia en el caso de colisión con las normas locales". LA GACETA ©