El legislador Guillermo Gassenbauer presentó en la Cámara un proyecto para modificar la Ley 6.253 de impacto ambiental, con una serie de previsiones relativas a cuestiones esenciales del régimen contravencional en la materia. La iniciativa avanza sobre las sanciones por infracciones a las normas de carácter ambiental, la regulación de la vía de impugnación judicial de las sanciones que se impongan en sede administrativa y los procedimientos para la ejecución de las multas que eventualmente se apliquen. El proyecto toma como punto de partida "definir legislativamente las sanciones susceptibles de ser aplicadas y habilitar expresamente al Poder Ejecutivo para la descripción de los supuestos de hecho que configurarán infracción y para la determinación de las penas y escalas respectivas", según se establece en los fundamentos de la norma. Con relación al régimen sancionatorio, se considera oportuno prever un mecanismo de reducción de multas a los efectos de incentivar a los infractores a no recurrir las sanciones, con la consiguiente disminución de trámites y costos de gestión en el ámbito de la propia administración e, inclusive, del Poder Judicial. Ademas, se incorpora también una vía de impugnación judicial específica para la materia ambiental, en la cual, se priorizó la celeridad de los trámites, con el propósito de agilizar la revisión judicial de las sanciones impuestas por la administración. Así, las infracciones a la Ley 6.253 y a toda otra norma de carácter ambiental que no tenga prevista una sanción específica serán reprimidas por la autoridad de aplicación que en cada caso corresponda con las siguientes sanciones: apercibimiento; multa de uno a 3.000 sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública centralizada provincial; clausura de dos a 60 días; decomiso; revocación de los certificados y habilitaciones ambientales o cese definitivo de la actividad. El recurso jerárquico interpuesto en contra de un acto sancionatorio en materia ambiental será resuelto por el Ministro de Desarrollo Productivo. Agotada la instancia administrativa, las sanciones podrán impugnarse judicialmente.
Proponen un sistema de sanciones que sea más ágil y efectivo
Según un proyecto de ley, el Poder Ejecutivo puede llegar a definir las presuntas infracciones y la determinación de penas y escalas