- Cuando yo uso una palabra -insistió Humpty Dumpty con un tono de voz más bien desdeñoso-quiere decir lo que yo quiero que diga..., ni más ni menos.
- La cuestión -insistió Alicia- es si se puede hacer que las palabras signifiquen tantas cosas diferentes.
- La cuestión -zanjó Humpty Dumpty- es saber quién es el que manda..., eso es todo. (Alicia en el espejo, Lewis Carrol)¿Qué significará necesidad y urgencia para el alperovichismo? Por lo pronto, no lo que entiende el sentido común. Ni las normas. "El Poder Ejecutivo no podrá, en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo", dice el artículo 101 de la Constitución oficialista. Esa es la regla. Después viene la excepción. "Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de leyes, y no se trate de normas que regulen la materia tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia".
La Ley 6.686 agrega que cuando se dicta un DNU y la Legislatura está de receso, el Ejecutivo debe convocar a sesión extraordinaria para su tratamiento.
Pero el Gobierno no hace caso de ello. Y lo demuestra con los dos primeros DNU del año. El 1/3 aprueba el convenio con la Nación por el Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias. En mejor romance, cede a la Casa Rosada sumas coparticipables ni siquiera insinuadas. El 2/3 aprueba el convenio de Asistencia Financiera, también con la Nación, por el cual son cedidos más fondos coparticipables por montos ni remotamente mencionados.
El constitucionalista Luis Iriarte advierte que esos dos DNU fueron dictados el 30 de diciembre del año pasado. Y no logra determinar con qué necesidad ni con qué urgencia: recién fueron publicados en el Boletín Oficial el 31 de enero. Es decir, un relajado mes después. En ningún caso se convocó a sesionar a la Cámara, lo cual sí acaba de ser requerido mediante nota por el jurista.
El constitucionalista Rodolfo Burgos, en tanto, se pregunta qué significará para el oficialismo la prohibición constitucional de dictar DNU cuando "se trate de normas que regulen la materia tributaria": el 1/3 y el 2/3 ceden incalculables millones de la Coparticipación Federal de Impuestos.
Prohibido, pero vigente
¿Qué significará el artículo 12 de la Constitución alperovichista para sus autores? "Toda enajenación de bienes fiscales y cualquier otro contrato susceptible de licitación, deberá hacerse precisamente en esta forma". Es regla. Después, la excepción: "salvo el caso en que la Legislatura o la Municipalidad resolviesen lo contrario, por razones especiales reclamadas por el bien público".
Pero el jueves, la Legislatura actuó a la inversa. Aprobó el reparto formal de $ 200 millones del Fondo Soja a los municipios (lo real, como esclareció el Panorama Tucumano del domingo, es que Casa de Gobierno digita las obras). Y en vez de licitaciones, autorizó a los intendentes a realizar contrataciones directas, aunque no hay imprevisto a la vista. Al contrario.
El Fondo Soja fue creado en 2009. Pero las autoridades no previeron que llegarían esos dineros que siempre vienen, y por ello no licitarán las obras (de puro asfalto de democracia pavimentadora) que siempre encargan.
Derecho, pero torcido
¿Qué significará Estado de Derecho para el Gobierno? Por uso y costumbre, lo contrario a esta gestión donde la excepción es la regla. Durante la década pasada, este fue, justamente, un Estado de Excepción. Su cronicidad degeneró en el Estado del Revés.
Rendido, pero rendidos
¿Qué significará rendición de cuentas para los que gobiernan? Porque los $ 200 millones asignados a las municipalidades van a ir a agujeros negros: los fondos fiduciarios municipales. Hay una advertencia de los contadores fiscales sobre esas figuras del derecho privado, en el último análisis de cómo el Gobierno gasta la plata el pueblo. "Se reitera lo ya vertido en informes anteriores de la Cuenta de Inversión: el Fondo Fiduciario Municipal, no obstante la independencia de su figura, corresponde estar incluido en el Presupuesto General de la Provincia, ya que se nutre de fondos provinciales, procedentes del Programa 50 - Obligaciones a Cargo del Tesoro". Al 31 de diciembre de 2010, había $ 957 millones en esos fondos: el 70% de la deuda municipal.
Traducido: había $ 1.000 millones de los tucumanos fuera del Presupuesto de la provincia. ¿Qué hizo el oficialismo al respecto? Metió $ 200 millones más dentro de ese "afuera" presupuestario.
¿Y qué va a hacer el Tribunal de Cuentas al respecto? ¿Qué interpreta el ente de contralor del artículo 78 de la Constitución alperovichista? "... Los sujetos privados que perciban o administren fondos públicos están sujetos a la jurisdicción del Tribunal de Cuentas". ¿Para qué usa el órgano técnico de control estatal su mentado "rango constitucional"?
Inversor, pero inverso
¿Qué significará inversor para el oficialismo? Teniendo en cuenta la última sesión legislativa, es una persona (real o jurídica) a la que hay que darle mucho dinero del pueblo tucumano para que monte un emprendimiento en Tucumán. Y, por supuesto, no tiene que ser tucumano. Por eso, a los call centers (todos con domicilio legal en Capital Federal) a los que durante cuatro años se les pagó el alquiler de los edificios donde funcionan, y a los que se les subsidió el 25% de la planilla salarial bruta (uno de cada cuatro de esos trabajadores es, en los hechos, un empleado público, aportes incluidos), el alperovichismo decidió darles cuatro años más de los mismos regalos.
Hay dos opciones respecto de ese dispendio: o al Gobierno, por alguna oculta razón, le encanta regalarles plata a los call centers, o los call centers que llegaron para participar del "despegue" de Tucumán estaban por levantar vuelo unilateralmente e irse.
Esta última posibilidad podría haberse conjurado mediante una exigencia que de tan básica parece obvia: a cambio de las ventajas (léase, muchos millones de pesos) que luego recibieron, tenían que permanecer un mínimo de tiempo con posterioridad al vencimiento de esas ayudas. Pero las leyes de hace cuatro años no exigieron nada de eso. Y las que dictaron ahora, tampoco. Así que en 2015 reeditarán "subsidios para pocos".
Por cierto: hay capitales locales que recibieron beneficios para montar una planta de biodiesel que pone a la vanguardia de las nuevas matrices de energía a la provincia... de Santiago del Estero. Acá no fueron atendidos. El mejor negocio que puede hacer aquí un inversor es no ser tucumano.
Legal, pero inconcebible
En este contexto, cuanto menos, sí se sabe qué significa "inconcebible" para el oficialismo: que el intendente de Tafí del Valle ordene demoler un hotel en construcción que, según la Municipalidad, viola disposiciones del Código de Planeamiento Urbano.
No es una medida exenta de polémica, pero de las casi 100.000 palabras del diccionario de la Real Academia Española (que ni siquiera son todas las del español) el gobernador eligió esa para referir a la resolución de un Departamento Ejecutivo que invoca el respeto de las normas vigentes.
Propia, pero ajena
Es evidente: el Gobierno habla otro idioma. ¿Qué quiere decir idioma para la Real Academia? "Modo particular de hablar de algunos o en algunas ocasiones. (Por ejemplo) En idioma de la corte". Las Constituciones hablan el idioma de la República. Del equilibrio de poderes independientes que se controlan entre sí para evitar desbordes. Pero el alperovichismo ya ni siquiera habla el idioma de su propia Constitución. Hasta la Carta Magna de 2006, que dio a luz una república desequilibrada (para destituir un juez de la Corte en juicio político hacen falta menos votos condenatorios de legisladores que para remover al gobernador o al vice), le resulta incómoda.
Es que el idioma oficialista es anterior a la era de las Constituciones. Es históricamente premoderno. Políticamente monárquico y (en tanto ajeno a la ley) absoluto. Es, tomando el segundo ejemplo que de idioma da la Real Academia Española, idioma de palacio.
Público, pero privado
Por eso, no importa lo que digan los diccionarios. Ni lo que manden las constituciones. Ni lo que prescriban las leyes. Ni lo que pauten las ordenanzas. Ni lo que entienda el sentido común. En lo que a las acciones de la democracia pavimentadora refiere, las palabras significan lo que el gobernante quiera. Luego, que ese capricho se traduzca en derecho positivo, resulta perversamente lógico. En primer lugar, porque las personas no usamos palabras: estamos hechos de ellas. Somos palabras. En segundo lugar, porque el monarca es el Estado. Sus palabras, aquí, son la verdadera ley.
Ahí está el manoseado y abusivo Código Tributario para atestiguarlo. Cuando la Legislatura lo cambió otra vez el 22 de diciembre, lo llamaron magnífico: no importaron las objeciones de los colegios profesionales, las críticas de la oposición ni lo que advertía LA GACETA sobre la inconstitucionalidad de las novedades en embargos preventivos y prescripción del impuesto a los Sellos.
Ahora, gracias a demandas privadas y planteos judiciales de entidades intermedias (la FET no firmó: estaba "dialogando"), el alperovichismo retrocede. Eso sí, en su idioma: no es que desde Tribunales le avisaron que lo iban a seguir revolcando a fallos, sino que "la FET tenía razón" y, además, el gobernador "no es el dueño de la Provincia". Como si hiciera falta aclarar ambos cosas...
Para el caso, la etimología de "idioma" proviene de un inquietante antónimo de "cosa pública". "Idioma" se remonta a un vocablo griego que puede traducirse como "propiedad privada".