El plazo de dos años concedido a Papelera Tucumán para mitigar y reparar el daño ambiental producido por sus residuos fabriles expiró en febrero de este año. Como consecuencia de ello, el juez federal N°2, Mario Racedo, debe analizar si los procesados Jorge Velazco y Adrián Leopoldo Conte, representantes legales de la empresa, cumplieron el programa de acciones propuesto oportunamente para evitar una eventual sentencia condenatoria.

"Si durante el tiempo fijado por el tribunal el imputado no comete un delito, repara los daños en la medida ofrecida y cumple con las reglas de conducta establecidas, se extinguirá la acción penal. En caso contrario, se llevará a cabo el juicio", prescribe el artículo 76 ter. del Código Penal, contenido en el título XII que regula la suspensión del juicio a prueba o "probation".

En la resolución que otorgó este beneficio, Racedo impuso a Velazco y Conte tres pautas a cumplir durante el plazo mencionado. En primer lugar, la organización de un curso teórico-práctico para todo el personal de la planta. En segundo término, la creación y coordinación de un programa de educación práctica ambiental referido específicamente a la industria celulósica y papelera destinado a los estudiantes de las escuelas de nivel secundario de la provincia con una visita guiada semanal de alumnos a la planta, con todos los gastos de traslado y refrigerio a cargo de los procesados. Por último, la realización de una campaña nacional de educación ambiental mediante la difusión de spots audiovisuales en un canal de cobertura nacional.

El juez, además, declaró razonables las acciones de reparación y mitigación del daño ambiental ofrecidas por los procesados. Estos se comprometieron a dar cumplimiento de modo inmediato, mediante la provisión de los medios materiales y humanos que fuesen necesarios, al plan para la limpieza y remoción de los sedimentos sólidos del arroyo Calimayo en la zona de influencia exclusiva de la planta. Además, prometieron lograr un mejoramiento sostenido de los parámetros -vigentes en febrero de 2009- de los efluentes líquidos, sólidos y gaseosos hasta conseguir que estos guarden estricta correspondencia con la normativa provincial y nacional. Velazco y Conte también ofrecieron reducir los plazos de finalización y puesta a punto de la planta de tratamiento de efluentes y del resto de las obras comprendidas en el Programa de Reconversión Industrial (PRI) al que había adherido la empresa.

El magistrado federal N°2 dispuso un monitoreo permanente de todas las obras y actividades arriba enumeradas. En forma específica, designó a dos peritos controladores de la Universidad Nacional de Tucumán, los ingenieros Jorge Pedro Albornoz y Alberto Ruiz, y les fijó honorarios mensuales equivalentes a los percibidos por un prosecretario administrativo del Poder Judicial de la Nación (cuyo importe neto sin antigüedad ascendía en aquel momento a $ 4.676, 45) a cargo exclusivo de Papelera Tucumán. Adicionalmente, Racedo pidió a cuatro instituciones que informen sobre el desarrollo del programa estipulado: el Ministerio de Educación de la Provincia, el Comité Federal de Radiodifusión (hoy Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual), la Dirección Provincial del Agua y la Dirección de Fiscalización Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia.