En Derecho, los delitos informáticos están comprendidos dentro de los delitos contra la propiedad.

Cuando en Argentina se detectaron los primeros delitos informáticos, se modificaron los artículos 172 y 173 del Código Penal, que trataban sobre las estafas con tarjetas de crédito. Luego de estos cambios, se creó la Ley de Delitos Informáticos, que define todas las acciones informáticas penadas.

Día a día, se perfeccionan y se crean nuevas modalidades para cometer delitos a través de medios electrónicos. Así, el abanico es amplio y crece.

Las modalidades más comunes son: el comercio de pornografía infantil a través de la red; las estafas informáticas en compra de productos on-line; el daño a la propiedad a través de la propagación de virus; la publicación de calumnias o injurias; el secuestro virtual (discutiéndose si se trata de una estafa o una extorsión); la violación del correo (el e-mail está equiparado al correo tradicional); y hasta la misma trata de personas en su modalidad de captación.