Aunque la ley ya fue promulgada, la nueva integración de la Junta Electoral Provincial (JEP), con mayoría de miembros judiciales, entrará en vigencia al promediar la próxima semana.

El martes, el Poder Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BO) la promulgación de la Ley 8.416, sancionada el jueves 24 de junio por la Legislatura. La norma implica una modificación al artículo quinto la Ley 5.454 (de Partidos Políticos) y establece que los vocales de la JEP serán los presidentes de la Corte Suprema de Justicia y de la Legislatura, y el ministro fiscal de la Corte.

Pese a esa publicación, la nueva composición del órgano que fiscalizará los comicios del 28 de agosto aún no está en funciones. Como la ley no fijó un plazo para su puesta en vigencia, rigen los preceptos del Código Civil. En este caso, el texto aclara que si una ley no establece "la prueba de entrada en vigencia", "es obligatoria pasados los ocho días corridos de su publicación oficial" (artículo dos del CC). En el caso puntual de la ley de integración de la Junta Electoral, ese plazo se cumplirá el miércoles 13. A partir de entonces, las resoluciones de la JEP serán firmadas por sus nuevos miembros, según lo establecido en la norma aprobada por la Cámara.

El esquema que entrará en funciones es el inmediatamente anterior a la reforma de la Constitución de 2006, durante la cual se reemplazó al ministro fiscal por el fiscal de Estado, un funcionario designado directamente por el gobernador, lo que le daba mayoría a los poderes políticos en el órgano encargado de controlar los procesos electorales provinciales. En marzo, la Justicia rechazó en un fallo esa integración, tras una presentación del partido del ex legislador Alejandro Sangenis, el Movimiento Popular Tres Banderas (MP3). El Gobierno desistió de la casación y la Legislatura corrigió el vacío normativo con una nueva ley.

Sin embargo, esa decisión no implicará que la polémica acabe. El MP3 ya anticipó que acudirá nuevamente a la Justicia, en este caso para denunciar al Ejecutivo por haber incurrido en un alzamiento contra la sentencia de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, con la firma de los vocales Rodolfo Novillo y Carlos Giovanniello. Esto, a raíz de la presencia en el trío de conducción de la JEP de un funcionario político: el titular de la Legislatura. Incluso, el MP3 solicitaría que se declare asunto de feria la cuestión para evitar dilaciones por el receso invernal (arranca el lunes en Tribunales).