Se suele decir que los niños y viejos tienen prioridad en la sociedad por integrar franjas más frágiles y desprotegidas de una sociedad. Pero está también un tercer grupo que es a menudo excluido de esta atención privilegiada: las personas con discapacidad. Son conciudadanos que deben afrontar a diario adversidades, ya sea por barreras arquitectónicas o en el transporte público, por falta de cobertura en el área de la salud, o porque no se respetan los cupos laborales.
En estos días, el equipo interdisciplinario de la Superintendencia de Servicios de Salud efectuó en Tucumán durante tres días reuniones de capacitación a prestadores, a obras sociales, a ONGs vinculadas con el sector y también a los beneficiarios sobre las obligaciones que tiene el sistema de seguridad social (obra sociales estatales o privadas y medicina prepaga) con los discapacitados y con quienes padecen alguna enfermedad mental. Comentó que el organismo elaboró un estudio en todo el país, sobre la base de datos del Indec, y concluyó que en Salta, Jujuy y Tucumán el 12,2% de la población es discapacitada. Sin embargo, el 10% de ellos carece totalmente de cobertura de salud y de asistencia médica. El informe indica que el 50% de las personas con discapacidad accede a los servicios de obras sociales o de medicina privada y entre el 30% y el 40% acude al sistema público de salud. No obstante, casi el 40% de las personas con discapacidad no accede a un tratamiento específico o a servicios de rehabilitación.
Uno de los principales problemas es que no todas las obras sociales cumplen con la ley 24.901 que prescribe que estas deben cubrir el 100% de los tratamientos y necesidades atinentes a la discapacidad de los beneficiarios.
Según un abogado especialista en el tema, el mayor inconveniente se suscita con las prepagas y las obras sociales provinciales, que no autorizan las cobertura del 100% porque no están reglamentadas por la Superintendencia de Servicios de Salud. De acuerdo con su opinión, la diferencia con las obras sociales nacionales, es que las provinciales y las prepagas no cuentan con una regulación que les garantice el reintegro de los fondos cuando brindan cobertura a los discapacitados, algo que sí ocurre con las nacionales.
El informe de la Superintendencia de Servicios de Salud indica que la discapacidad motriz representa el 32,5% de los minusválidos. Además, un 26,6% de la población estudiada posee dos tipos de discapacidades. Por lo general, la motriz va acompañada de otra, como, por ejemplo, visión-motriz; audición-motriz y mental-motriz.
Lo curioso es que Tucumán está adherido a la ley 24.901, sin embargo, la iniciativa nunca fue reglamentada, de modo que existe un vacío jurídico que impide acceder a los fondos de redistribución y en consecuencia, el Subsidio de Salud, por ejemplo, no puede ofrecer la cobertura total, según explicó un directivo de ese organismo.
Esta norma corre la misma suerte de otras leyes provinciales sancionadas referidas a la discapacidad, que no están en vigencia porque carecen de reglamentación, tales como la que promueve la creación del Consejo para la Integración de Personas con Capacidades Especiales, cuya misión debería ser velar por los derechos de los discapacitados, asesorar al Gobierno y proponer medidas para la elaboración de programas de ayuda para el sector; la que crea el Consejo Provincial de Discapacidad; aquellas sobre la protección del paciente epiléptico, al transporte libre y gratuito y a la eliminación de las barreras arquitectónicas.
"Mucha gente ve la silla de ruedas y no ve la persona que va en ella", sostiene el abogado Carlos Fiori. Pareciera que una buena parte de la sociedad mira su propio ombligo; tan grave como ello es que los gobernantes tampoco se den cuenta de que existen personas con discapacidad.