El Poder Ejecutivo tiene plazo hasta mañana para deducir el recurso de casación que la Corte Suprema de Justicia, tribunal de alzada de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, revise la sentencia dictada por los vocales de la Sala II, Rodolfo Novillo y Carlos Giovanniello.
En la causa, promovida por el Movimiento Popular Tres Banderas, los camaristas declararon nulos e inconstitucionales dos aspectos de la última reforma constitucional: la integración de la Junta Electoral Provincial -reemplazó al ministro fiscal de la Corte Suprema por el fiscal de Estado- y la prohibición constitucional de obligar a un funcionario a tomarse licencia previa a los comicios (30 días antes) por el hecho de ser candidato.
Desde la Constitución de 2006, el órgano encargado de fiscalizar los comicios provinciales quedó integrado por una mayoría del Ejecutivo (el vicegobernador y el fiscal de Estado) y una minoría del Poder Judicial (el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán.
Los cinco días hábiles que prescriben las normas de procedimiento para que se presente la apelación vencerán mañana. En ese sentido, el gobernador, José Alperovich, ya adelantó la semana pasada que se recurrirá la sentencia, y que finalmente será la Corte la que resuelva el pleito.
Una vez que el Gobierno presente el escrito, corresponde al tribunal que dictó la sentencia decidir si admite o deniega la casación. En el primer caso, la Cámara en lo Contencioso Administrativo elevará el expediente a la Corte. En la segunda hipótesis, el Gobierno podrá todavía intentar un recurso de queja por casación denegada.
Si el recurso prospera, los efectos de la sentencia quedarán suspendidos hasta tanto sean agotadas las instancias de revisión en los tribunales superiores. Es decir, la JEP seguirá funcionando con la integración prevista en la reforma constitucional de 2006 y continuará vigente la prohibición de exigir a un funcionario que se tome licencia previa a los comicios.