BUENOS AIRES.- Las empresas particulares y que están alcanzadas por los beneficios de la Ley de Promoción Industrial, deberán emitir comprobantes electrónicos originales a partir de mayo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el alcance de la factura electrónica a las firmas promovidas y particulares que gocen de beneficios fiscales, con el fin de otorgar mayor transparencia a los patrocinios otorgados por el Estado, indicó oficialmente el organismo.
La medida se establece mediante la resolución general 3056, y estipula que los comprobantes que se deben facturar electrónicamente son las Facturas, Notas de Débito y Notas de Crédito clases A y B. Además, tendrán que entregar comprobantes en forma separada por actividad y proyecto.
"La medida permitirá acotar el campo de acción de quienes operen con facturas apócrifas, como así también optimizar los procesos de control del cumplimiento de los proyectos promocionados y el conocimiento de los sujetos intervinientes en las transacciones", dijo el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray. La obligatoriedad de la factura electrónica abarca las operaciones en el mercado interno. (NA)