El fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal, que dispuso la libertad condicional para el ex policía Luis de Cándido y el arresto domiciliario para el ex comisario Roberto Heriberto "El Tuerto" Albornoz, causó indignación en el seno del Gobierno. Puntualmente, según el secretario de Derechos Humanos, Humberto Rava, este tipo de decisiones "facilita el mantenimiento de la impunidad".
El jueves, LA GACETA publicó que la sala III de esa Cámara Penal anuló parcialmente la sentencia del Tribunal Federal Oral en lo Criminal de Tucumán (TOF), puntualmente en lo referido a la revocación de la prisión domiciliaria de Albornoz y de la orden de detención de De Cándido. "Esa disposición comparte la característica de que tras prolongados tiempos de resolución de casos en los que se juzgan delitos de lesa humanidad, sumado a la avanzada edad de los represores detenidos, constituye el pilar de las decisiones judiciales que, de hecho, facilitan el mantenimiento de la impunidad", se quejó.
Albornoz y De Cándido habían sido condenados en Tucumán el año pasado por violaciones a los derechos humanos que sufrieron 22 personas en la ex Jefatura de Policía, durante el último gobierno militar. Sin embargo, los camaristas Liliana Catucci, Gustavo Mitchell y Angela Ledesma determinaron que hasta que la sentencia condenatoria quede firme, los imputados continúen con el régimen dispuesto con anterioridad al juicio oral. "De esta manera, se abren las posibilidades de especular con el cambio de la situación política o la convalidación u otorgamiento de la prisión domiciliaria a quienes son emblemas o fueron los principales personeros del terrorismo de estado", arremetió el funcionario.
Rava ratificó la postura oficial, respecto de que los ex militares y ex policías condenados por violaciones a los derechos humanos durante el último gobierno militar deben cumplir la condena en cárceles comunes. "Esta perspectiva no debe ser olvidada; en un marco de derechos y garantías que la democracia ofrece a estos represores, y la lesividad de los crímenes cometidos en décadas pasadas, es lo que constituyen los verdaderos motivos por los cuales deben estar en una cárcel común cumpliendo su condena, o aguardando hasta que la sentencia condenatoria que les corresponde quede firme", añadió el funcionario.
Mañana, en tanto, comenzarán las audiencias por el homicidio de cinco montoneros en el barrio Esteban Echeverría (según la acusación judicial), ocurrido el 20 de mayo de 1976. En la causa, conocida como "Romero Niklison", están imputados el ex comandante del III Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, y Albornoz.
El jueves, LA GACETA publicó que la sala III de esa Cámara Penal anuló parcialmente la sentencia del Tribunal Federal Oral en lo Criminal de Tucumán (TOF), puntualmente en lo referido a la revocación de la prisión domiciliaria de Albornoz y de la orden de detención de De Cándido. "Esa disposición comparte la característica de que tras prolongados tiempos de resolución de casos en los que se juzgan delitos de lesa humanidad, sumado a la avanzada edad de los represores detenidos, constituye el pilar de las decisiones judiciales que, de hecho, facilitan el mantenimiento de la impunidad", se quejó.
Albornoz y De Cándido habían sido condenados en Tucumán el año pasado por violaciones a los derechos humanos que sufrieron 22 personas en la ex Jefatura de Policía, durante el último gobierno militar. Sin embargo, los camaristas Liliana Catucci, Gustavo Mitchell y Angela Ledesma determinaron que hasta que la sentencia condenatoria quede firme, los imputados continúen con el régimen dispuesto con anterioridad al juicio oral. "De esta manera, se abren las posibilidades de especular con el cambio de la situación política o la convalidación u otorgamiento de la prisión domiciliaria a quienes son emblemas o fueron los principales personeros del terrorismo de estado", arremetió el funcionario.
Rava ratificó la postura oficial, respecto de que los ex militares y ex policías condenados por violaciones a los derechos humanos durante el último gobierno militar deben cumplir la condena en cárceles comunes. "Esta perspectiva no debe ser olvidada; en un marco de derechos y garantías que la democracia ofrece a estos represores, y la lesividad de los crímenes cometidos en décadas pasadas, es lo que constituyen los verdaderos motivos por los cuales deben estar en una cárcel común cumpliendo su condena, o aguardando hasta que la sentencia condenatoria que les corresponde quede firme", añadió el funcionario.
Mañana, en tanto, comenzarán las audiencias por el homicidio de cinco montoneros en el barrio Esteban Echeverría (según la acusación judicial), ocurrido el 20 de mayo de 1976. En la causa, conocida como "Romero Niklison", están imputados el ex comandante del III Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, y Albornoz.