En diciembre de 2009 se sancionó la prórroga de la Ley de Emergencia Económica hasta fines de 2011. En marzo, dentro de ese contexto, el oficialismo legislativo autorizó al Poder Ejecutivo a ampliar la emisión de bonos de Conversión y Saneamiento de Empréstitos Provinciales (Consadep), el instrumento con el cual se abonan los juicios contra el Estado. La serie III de los títulos públicos se dispuso por un valor total de U$S 100 millones.
Sin embargo, en una sesión concretada el 16 de junio, la Cámara debió corregir esa norma, puesto que los valores tienen un plazo final de rescate hasta mediados de 2020, pero el texto sancionado establecía como tope el 31 de diciembre de ese año.
Los Consadep son títulos son amortizables a 10 años, con cupones de pago semestrales, y cuentan con garantía de los recursos provinciales. En la misma norma se dieron de baja los 50 millones de dólares que estaban pendientes de emitir de los Consadep II.
Por otra parte, si bien la emergencia económica fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2011, con lo cual hasta ese día seguirán suspendidas las ejecuciones contra el erario, la inembargabilidad de los recursos provinciales solamente había sido extendida hasta el 30 de junio pasado. Por eso, el 8 de julio, la Cámara debió extender esa declaración por 100 días más. El jueves, sin embargo, volvieron a prorrogarla hasta 2012.
Según la Ley 8.228, rige el "Principio de la Previsibilidad de las Finanzas del Estado Provincial", en mérito al cual se determinará el monto máximo destinado en el presupuesto anual al pago de la deuda provincial. Paralelamente, el Poder Ejecutivo, en el plazo que venció el 30 de junio, debía elaborar un Registro de Acreedores con la individualización de cada deuda con sentencia firme, además de los requisitos que se debían fijar por vía reglamentaria (origen, antigüedad, legitimidad de la deuda, entre otros).