La declaración de incompetencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF), sobre una causa que investiga un presunto fraude a beneficiarios del plan "Jefas y Jefes de Hogar" no recibió el voto unánime de los vocales que lo componen. En efecto, la decisión de los magistrados Gabriel Casas y Camilo Nicolás Quiroga Uriburu no fue acompañada por la tercera integrante del tribunal, Alicia Noli.

En la audiencia inaugural del juicio contra Ricardo Flores, que se realizó el jueves, Casas y Quiroga Uriburu hicieron lugar al pedido formulado por el defensor público oficial Ciro lo Pinto, respecto de la incompetencia de ese fuero federal para juzgar a su cliente -acusado de cobrarles dinero a los beneficiarios, a cambio de admitir que no realicen la contraprestación obligatoria-. Noli, por el contrario, se opuso al planteo del letrado.

"El artículo 8, inciso 1, de la Convención Americana de Derechos Humanos determina en igual jerarquía el derecho del acusado a ser juzgado por un tribunal competente con el de ser juzgado en un plazo razonable. En cada caso, se impone al magistrado efectuar una ponderación de las garantías, conforme una hermenéutica que le permita armonizarlas y jerarquizarlas, siempre en la dirección que se estime más favorable al imputado", explicó Noli. Agregó que, a su criterio, en este caso se impone el derecho a ser juzgado en un plazo razonable: "considerando que la presente causa tuvo inicio el 6 de octubre de 2004 y que no se trata de una causa compleja".

La magistrada fundamentó su decisión en la doctrina judicial. "(Esta) pacíficamente reconoce tres variables que permiten establecer un parámetro para la determinación del principio del plazo razonable, ellas son la complejidad de la causa, la actividad de las partes y la actividad del propio Poder Judicial", puntualizó.

"Mayor conocimiento"
Sin embargo, este no fue el único motivo por el que Noli rechazó el planteo de Lo Pinto. Consideró que no contaba con los datos suficientes como para que se asegure que la Nación no había resultado perjudicado por el presunto accionar de Flores. "Se suma al (anterior) argumento la necesidad de un mayor conocimiento de los hechos para dejar establecida la inexistencia del interés del Estado nacional en la causa", manifestó.