Una importante causa, en la que están en juego intereses de gran trascendencia institucional, ha quedado en condiciones de ser resuelta. Se trata del expediente en el que el Movimiento Popular Tres Banderas (MP3), que encabeza el ex legislador Alejandro Sangenis, cuestiona dos disposiciones introducidas por la reforma constitucional de 2006 a las que se les endilga estar reñidas con principios y garantías que hacen al concepto de elección auténtica y transparente. El caso se tramita ante la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y la parte demandada es el Gobierno.

Rodolfo Novillo, a cargo de la Sala II, dictó una providencia que reza: "al haber vencido el término de la convocatoria pública realizada por este tribunal y, en razón de reunir las condiciones previstas, corresponde admitir las presentaciones efectuadas en calidad de ?amigos del tribunal?" (amicus curiae). Además, dispuso que "vuelvan los autos para dictar sentencia", lo que implica que la causa pasa a estudio para que pueda emitirse un pronunciamiento.

Como consecuencia, han quedado incorporadas al expediente las opiniones (no son vinculantes) vertidas por los nueve "amicus curiae" que se habían presentado, en el carácter de terceros ajenos a las partes, con el fin de brindar sus puntos de vista para enriquecer el debate constitucional y, eventualmente, ilustrar al tribunal.

Opiniones coincidentes
Cuatro de los "amicus curiae" provienen del terreno político: los radicales José Luis Avignone, Hugo González Juárez (apoderado de dicho partido) y el dirigente Ariel García, así como el democristiano José Páez y el socialista Rodolfo Succar (formalizaron una presentación conjunta).

También se presentaron los abogados porteños Ricardo Monner Sans y Alejandro Carrió, presidentes de las asociaciones Civil Anticorrupción y de Derechos Civiles, respectivamente.

Tres ciudadanos más efectuaron sus aportes: el filósofo Ramón Eduardo Ruiz Pesce, Hugo Audón Zerdán (es abogado, además de ex docente de las facultades de Derecho de la UNT y de la Unsta) y Carlos Duguech.

En sentido coincidente con la pretensión que esgrime el MP3, todos los "amicus curiae" se pronunciaron a favor de que sean declarados nulos e inconstitucionales los artículos 14 y 16 del artículo 43 de la Constitución.

La primera norma establece que a la Junta Electoral la integran el presidente de la Corte Suprema, el vicegobernador y el fiscal de Estado. Según el MP3, la introducción del fiscal de Estado (en reemplazo del ministro fiscal de la Corte) rompe el equilibrio que en aquella reinaba antes de 2006. La segunda norma fija que "ningún funcionario podrá ser obligado a tomar licencia previa a los comicios, por el hecho de ser candidato".