Los problemas que el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM) intenta saldar se han generado en dos concursos. En ellos, el número de postulantes que ha accedido a la etapa final de los procesos de selección es menor a cinco. Esto hace imposible dar cumplimiento al artículo 16 de la Ley 8.197, que exige que el CAM eleve un quinteto de abogados al Poder Ejecutivo por cargo vacante, para que él elija uno y lo designe juez.
En el primer concurso que se planteado el obstáculo es en el convocado para cubrir dos vocalías en la Cámara en lo Civil y Comercial Común de Concepción, donde sólo una de 13 postulantes (María Isabel Bravo) reunió los 60 puntos exigidos para pasar a la etapa de la entrevista final. Como consecuencia, el CAM sólo propuso a esta letrada al gobernador, José Alperovich, (para dar cobertura a un cargo, por lo menos), pero este decidió reservar su nombre (el de Bravo) y pedirle al CAM que seleccione cuatro profesionales más.
El segundo problema se ha generado en el proceso para la cobertura de tres vocalías en la Cámara de Familia y Sucesiones de la capital, donde, de 12 concursantes, sólo pasaron la barrera de los 60 puntos: Marta Paz de Centurión y Ester Valderrábano de Casas, juezas del fuero que compiten por un ascenso, y Juan Justo Daniel de la Torre.
Si este proceso concluyera hoy, el CAM sólo podría elevar tres nombres al gobernador, con el agravante de que esta selección se tramita bajo la modalidad de un concurso múltiple, destinado -en teoría- a cubrir las tres vocalías. Si el Poder Ejecutivo se aferrara estrictamente al artículo 16 de la Ley 8.197, este debería exigir 15 nombres al CAM (cinco por vacante), pero el concurso no hubiera podido cumplir ese cometido desde el comienzo nomás, porque sólo 12 abogados rindieron la prueba de oposición escrita. Esta situación es la que se pretende destrabar, sin afectar los derechos de quienes sumaron el puntaje exigido para acceder a la etapa final.