Lejos de resignarse ante la ferrea negativa del oficialismo, referentes de la oposición buscan alternativas para que el ministro de Salud, Pablo Yedlin, brinde explicaciones ante la Cámara. Ayer, el legislador Federico Romano Norri (UCR) presentó un pedido de juicio político en contra del cuestionado funcionario.
"Un ministro que incurre en incumplimiento a sus deberes de funcionario debe ser destituido mediante esta vía", sostuvo el presidente del distrito local del radicalismo, luego de efectuar la presentación formal por Mesa de Entradas del Poder Legislativo.
El miércoles, en sesión, los parlamentarios opositores insistieron en vano para que sus pares del oficialismo dieran curso a los pedidos de interpelación a Yedlin. Puntualmente, a fin de que el funcionario responda en el recinto sobre las "serias irregularidades administrativas y transgresiones legales" que detectó el Tribunal de Cuentas (TC) en el Siprosa. Tal como dio a conocer este diario, el funcionario autorizó un pago de $ 800.000 a la Fundación Salud (Funsal) por el dictado de dos cursos odontológicos. Sin embargo, el ente de control advirtió que esa entidad no existía jurídicamente al momento de iniciada la capacitación. Por las anomalías, aplicó una sanción equivalente al pago de cinco sueldos al ministro y a dos de sus funcionarios más cercanos (Alberto Sabaj y Daniel Alvarez Garmendia).
En la presentación ante la comisión de Juicio Político que preside Sisto Terán (PJ), Romano Norri afirmó que Yedlin violó la Ley de Administración Financiera al haber firmado la resolución 406/09 (habilitó el pago a Funsal). De acuerdo a esa norma, todos los actos administrativos que implican el uso de fondos públicos deben ser comunicados previamente al contador fiscal delegado por el Tribunal de Cuentas en la repartición que lo genera.
Al fundamentar su petición, el legislador radical recordó que el artículo 105 de la Constitución provincial establece que los ministros del Poder Ejecutivo "serán responsables de las órdenes y resoluciones que autoricen, sin que puedan pretender eximirse de responsabilidad por haber procedido en virtud de una orden del gobernador". Además, planteó que el artículo 47 delega en el Poder Legislativo el enjuiciamiento político de los ministros, "por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, ya sean comunes o por falta de cumplimiento de los deberes a su cargo".
"Como advertirá la comisión, estas irregularidades, ya comprobadas por el organismo técnico correspondiente, no se agotan con la sanción de multa impuesta por el Tribunal de Cuentas", remarcó Romano Norri. "Si bien se frenó el pago, eso no implica que el Estado tucumano deberá hacerlo cuando sea demandado por el prestador. Porque, según el propio ministro, los servicios se habrían prestado, con su aval y consentimiento. En otras palabras, la erogación todavía no se hizo, pero probablemente se haga a corto o a largo plazo", afirmó el legislador opositor.